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CS: La fecha cierta es un asunto que produce eficacia jurídica, pero cuya extensión debe restringirse, salvo prueba en contrario, a las partes que suscribieron el documento ░ CASACIÓN N° 4578 – 2016-JUNIN

La SALA CIVIL PERMANENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA: vista la causa número cuatro mil quinientos setenta y ocho – dos mil dieciséis, en audiencia pública llevada a cabo en la fecha y producida la votación con arreglo a Ley, emite la siguiente sentencia: I. ASUNTO En el presente proceso, la […]

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¿Quién tiene legitimidad para obrar activa en el proceso de accesión? ░ CASACIÓN N° 2060-2017-CALLAO

RAZÓN DE LA DECISIÓN:   Al respecto corresponde precisar que, en el presente proceso se demanda como pretensión principal la accesión de propiedad por edificación de mala fe en terreno ajeno, pues tal como lo señala el artículo 938 del Código Civil, el propietario del bien es quien adquiere por accesión lo que se une

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¿Corresponde homologar los gastos operativos de los jueces titulares a los jueces provisionales? ░ CASACIÓN N 13043– 2018-CAJAMARCA

Lima, veintisiete de noviembre de dos mil diecinueve VISTO; con el acompañado y, CONSIDERANDO: Primero. Viene a conocimiento de esta Suprema Sala el recurso de casación interpuesto por el Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial, a fojas cuatrocientos treinta y tres, contra la sentencia de vista, de fojas cuatrocientos nueve,

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CS establece que en materia de responsabilidad administrativa, no puede existir responsabilidad solidaria si previamente no existe responsabilidad directa ░ CASACIÓN Nº 5828-2017 LIMA

RAZÓN DE LA DECISIÓN: Ahora bien, esta Sala Suprema considera que el pronunciamiento de la Sala de Mérito, en cuanto al tema materia de casación, incurrió en las infracciones normativas denunciadas por la recurrente en los literales a), b) y c) del punto 2 de la presente sentencia, puesto que: − La Ordenanza N° 104-MSI,

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Consejo Ejecutivo insta a los jueces especializados, mixtos y superiores que la anulación de las resoluciones se reserva solo para vicios insubsanables ░ R.A. 002-2014-CE-CJ

Consejo Ejecutivo insta a los jueces especializados, mixtos y superiores que la anulación de las resoluciones se reserva solo para vicios insubsanables. Los defectos meramente formales del proceso o la motivación insuficiente o indebida de la resolución impugnada, debes ser subsanados o corregidos por el órgano revisor y emitir decisión sobre el fondo. Para leer

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TC enfatiza que los contratos de trabajo temporales no pueden ser utilizados para cubrir necesidades permanentes de la empresa o de la institución, sino únicamente para satisfacer necesidades temporales ░ EXP N.° 04424-2017-PA/TC

ANTECEDENTES: Con fecha 29 de agosto de 2014, la recurrente interpuso demanda de amparo contra la representante legal de la empresa Crediscotia Financiera SA, a fin de que se declare la nulidad del despido incausado del cual ha sido objeto y la desnaturalización de sus contratos laborales a plazo fijo. En consecuencia, requiere que se

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¿Procede el amparo para cuestionar el precio asignado al inmueble en el remate? ░ EXP. N.º 04255-2018-PA/TC LIMA

RAZÓN DE LA DECISIÓN: En cuanto a la presunta afectación del derecho a la tutela jurisdiccional efectiva, esta Sala del Tribunal Constitucional advierte que la fijación del valor de remate se fija en base a reglas procesales infraconstuucionales. por lo que se encuentra relevada emitir pronunciamiento sobre el particular. (F. 4) Para leer el contenido

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Fijan valor de la Unidad de Referencia Procesal y aprueban el Cuadro de Valores de los Aranceles Judiciales para el año 2020 ░ RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 048-2020-CE-PJ

Lima, 29 de enero de 2020  VISTO: El Oficio Nº 000156-2020-GG-PJ cursado por la Gerencia General del Poder Judicial, por el cual remite propuesta para fijar el valor de la Unidad de Referencia Procesal para el año 2020; y aprobar el Cuadro de Valores de los Aranceles Judiciales para el año 2020. CONSIDERANDO: Primero. Que,

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¿Amparo contra la ejecución coactiva? ░ EXP. N.º 01920-2019-PA/TC

RAZÓN DE LA DECISIÓN: Desde una perspectiva objetiva, se debe tener en cuenta que el proceso de revisión judicial, previsto en el artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por el Decreto Supremo O 8-2008-JUS, que se tramita como proceso contencioso-administrativo urgente, cuenta con una estructura específica

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Tribunal Constitucional establece que la judicatura constitucional no resulta competente para verificar si los requisitos legales que subordinan la procedencia del recurso de casación fueron cumplidos o no ░ EXP. N. 0 01749-2019-PA/TC

FUNDAMENTOS DESTACADOS: Finalmente, cabe agregar, a manera de mayor abundamiento, que la judicatura constitucional no resulta competente para verificar si los requisitos legales que subordinan la procedencia del recurso de casación fueron cumplidos o no, pues de hacerlo, se inmiscuiría en un asunto propio de la judicatura ordinaria. En consecuencia, y de lo expuesto en

Tribunal Constitucional establece que la judicatura constitucional no resulta competente para verificar si los requisitos legales que subordinan la procedencia del recurso de casación fueron cumplidos o no ░ EXP. N. 0 01749-2019-PA/TC Leer más »