Consejo Ejecutivo insta a los jueces especializados, mixtos y superiores que la anulación de las resoluciones se reserva solo para vicios insubsanables ░ R.A. 002-2014-CE-CJ

Consejo Ejecutivo insta a los jueces especializados, mixtos y superiores que la anulación de las resoluciones se reserva solo para vicios insubsanables. Los defectos meramente formales del proceso o la motivación insuficiente o indebida de la resolución impugnada, debes ser subsanados o corregidos por el órgano revisor y emitir decisión sobre el fondo.

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