Corte Suprema estable un nuevo supuesto de despido fraudulento: el acto de despido por un representante incompetente | CASACIÓN LABORAL N° 8263-2018 LIMA

RAZÓN DE LA DECISIÓN: En el decurso del proceso no se ha demostrado que la señora Rocío Flores Guevara, Jefa de Tripulantes, a la fecha de inicio del procedimiento del despido de la demandante, ocurrido el tres de setiembre de dos mil trece, sea una administradora, representante o apoderada de Lan Perú S.A.; y menos aún, que tal nombramiento se haya inscrito en el Registro del lugar del domicilio de la indicada sociedad anónima. Por consiguiente societaria y jurídicamente el accionar de la señora Rocío Flores Guevara, Jefa de Tripulantes, no surte efecto alguno ni para la sociedad ni para Terceros.” (F. 12)

LISTA ABIERTA DE SUPUESTOS EN EL DESPIDO FRAUDULENTO

Consideramos que a diferencia del despido nulo, el análisis de los supuestos concretos del despido fraudulento no debe ser circunscrito a un número cerrado de situaciones jurídicas y excluyentes de otros supuestos vinculados a un despido lesivo a los derechos fundamentales por configurarse una situación de fraude a la Constitución y a las leyes. (F. 6)

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