CS establece que en materia de responsabilidad administrativa, no puede existir responsabilidad solidaria si previamente no existe responsabilidad directa ░ CASACIÓN Nº 5828-2017 LIMA

RAZÓN DE LA DECISIÓN:
Ahora bien, esta Sala Suprema considera que el pronunciamiento de la Sala de Mérito, en cuanto al tema materia de casación, incurrió en las infracciones normativas denunciadas por la recurrente en los literales a), b) y c) del punto 2 de la presente sentencia, puesto que: − La Ordenanza N° 104-MSI, que regulaba la publicidad de exterior en el distrito de San Isidro, aplicable en razón de temporalidad, contemplaba como obligación de la empresa que instala los elementos de publicidad (responsable directo), el solicitar y contar con la autorización municipal correspondiente (numeral 1 del artículo 7); mientras que al dueño del predio donde se instalaría la publicidad (responsable solidario) se le asigna la obligación de verificar que aquel cuente con la autorización antes de permitir la instalación en el bien de su propiedad (numeral 1 del artículo 8). − En tal sentido, correspondía, en primer término, que se determinara la responsabilidad directa de la empresa supuestamente infractora, por incumplir con solicitar y recibir la autorización municipal para la instalación de elementos de publicidad, para luego examinar si la responsable solidaria habría incumplido con exigir la presentación del mencionado permiso, pues, en efecto, en materia de responsabilidad administrativa, no puede existir responsabilidad solidaria si previamente no existe responsabilidad directa.
− En efecto, solo la constatación, previa o en forma conjunta, de la existencia de responsabilidad en el responsable directo puede provocar que se investigue y, eventualmente, se determine la existencia de responsabilidad en el responsable solidario. − Como resulta evidente, en un Estado de Derecho la determinación de responsabilidad administrativa solo puede realizarse dentro de un procedimiento administrativo con todas las garantías, situación que no ha sido acreditada respecto de la empresa Paneles Napsa, motivo por el cual, el examen de la responsabilidad solidaria de la junta de propietarios demandante resulta prematuro. − En tal sentido, debe subrayarse también que resulta inadecuado que se pretenda aplicar a la configuración de la responsabilidad administrativa solidaria el artículo 1183 del Código Civil, pues como ya hemos señalado, las normas aplicables para tales circunstancias son el artículo 230.8 y el artículo 232.2 de la Ley N° 27444, que exigen no solo el establecimiento de la solidaridad en una norma con rango de ley, sino, además, la participación en la realización de la infracción. − En forma adicional a lo expuesto, debemos señalar que la sanción impuesta a la junta de propietarios demandante consiste en realizar el retiro de la publicidad monumental, con lo cual se está imponiendo a un privado la realización de un acto de ejecución contra los bienes de propiedad de otro particular, lo que claramente constituye un acto ilegal que viola lo previsto en el numeral 1 del artículo 10 de la Ley N° 27444. (F. 13)
Para leer el contenido de la sentencia dale click AQUÍ

Síguenos en facebook como Magazín Jurisprudencial y entérate de la más reciente y relevante jurisprudencia

Destacados

Últimos artículos

Servidores con vínculo laboral encubierto no tendrán protección de la Ley 24041 según criterio vinculante de la Corte Suprema

agosto 19, 2026
Diseño sin título (57)

Gobierno aprueba nueva escala remunerativa de los trabajadores del Poder Judicial | Decreto Supremo N°162-2026-EF

agosto 19, 2026
MJ

La inasistencia del abogado a la audiencia no justifica la conclusión del proceso | Casación Laboral N.° 1176-2024, Arequipa

agosto 13, 2026
dggj

MEF confirma alza de la remuneración mínima en dos tramos 

agosto 7, 2026
sefsfs

Artículos relacionados

divorcio_distribucion_casa_675 (1)

El artículo 1135 del código civil no señala que solo el derecho inscrito tiene que ser de buena fe, se refiere al acreedor de buena fe, sea inscrito o no, o de título de fecha anterior, precisando que se preferirá el de fecha cierta más antigua | CASACIÓN N.° 357-2019 CALLAO

diciembre 1, 2022
Leer más...
BeFunky-collage (16)

Todo sobre el C4, documento que permite identificarte en caso de pérdida o robo de tu DNI

junio 16, 2020
Leer más...
BeFunky-collage (19)

Proponen crear seguro de desempleo a favor de trabajadores para situaciones extraordinarias, imprevisibles o fortuitos ▎Proyecto de Ley 5524/2020

junio 17, 2020
Leer más...
F7P5PPENLFHBLKTOMNBDSUVP5Y (1)

Constituye cláusula abusiva permitir al proveedor aplicar una penalidad del 10% del precio de venta a todos aquellos compradores que se desistan de continuar con la compra del bien futuro | EXPEDIENTE N.º 002-2021/CC3

noviembre 22, 2022
Leer más...