Precisan que las ejecutorias emitidas por las Salas Permanentes y Transitorias de la Corte Suprema gozan de plena eficacia ▎ RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000144-2020-CE-PJ

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Precisar que las Ejecutorias emitidas en el ejercicio de la función jurisdiccional desarrollada por las Salas Permanentes y Transitorias de la Corte Suprema de Justicia de la República, al amparo de la Resolución Administrativa N° 051-2020-P-CEPJ, gozan de plena eficacia; y una vez suscritas las respectivas resoluciones deberán ser notificadas a las partes en el modo y forma de ley.

Artículo Segundo.- Disponer la habilitación del sistema de ingresos, en lo que fuere necesario, para regularizar la producción de las Salas Permanentes y Transitorias durante el período del Estado de Emergencia Nacional.

Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial implemente una plataforma virtual para los informes orales, con registro de audiencia; y proceda a la implementación del Sistema de Firma Electrónica para viabilizar la notificación de las Ejecutorias de la Corte Suprema de Justicia de la República.

 

Artículo Cuarto.- Las calificaciones de recursos de casación tales como autos de procedencia como de improcedencia, deberán ser notificadas electrónicamente; sin perjuicio de la notificación que en forma expresa prevé la ley respecto a los autos finales.

Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Salas Permanentes y Transitorias de la Corte Suprema de Justicia de la República, Gerencia General del Poder Judicial; y a la Oficina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO

Presidente

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