Víctimas de los delitos de extorsión y sicariato tendrán acceso a la reinserción laboral según D.S 009-2026-PCM
En respuesta al impacto que el crimen organizado ha generado sobre la estabilidad económica de miles de ciudadanos, el Gobierno ha oficializado el Decreto Supremo N° 009-2026-PCM, publicado el 18 de enero de 2026. Esta norma establece un hito en la política de protección social al disponer que las personas víctimas de extorsión tengan acceso prioritario a procesos de reinserción laboral. La medida busca no solo la reparación del daño, sino también ofrecer una ruta segura y formal para que los afectados recuperen su autonomía económica y dejen de estar expuestos a la vulnerabilidad financiera.
El eje central de esta disposición se encuentra en su Artículo 14, el cual define la reinserción laboral como un proceso de carácter voluntario. A través de este mecanismo, las personas afectadas cuentan con el respaldo directo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) para reincorporarse al mercado de trabajo. Si bien el programa es inclusivo para diversos sectores económicos, el decreto señala una preferencia estratégica por la inserción en empresas de transporte público y de mercancías, sectores que han sido históricamente golpeados por la inseguridad, permitiendo que sus trabajadores retornen a sus labores bajo condiciones de mayor soporte institucional.
Para garantizar que esta transición sea efectiva, el Estado ha puesto a disposición una amplia gama de servicios públicos de empleo que funcionan como una red de soporte integral. Las víctimas podrán acceder no solo a bolsas de trabajo, sino también a programas de capacitación laboral y certificación de competencias para potenciar sus perfiles. Asimismo, para aquellos que decidan no retornar a la dependencia laboral, se ofrece capacitación para el autoempleo y asesoría especializada en la búsqueda de nuevas oportunidades, incluyendo la facilitación gratuita del Certificado Único Laboral.
Finalmente, el decreto establece criterios técnicos estrictos para la identificación de los beneficiarios. Según el numeral 14.2, el acceso a estos servicios está reservado para aquellas personas que figuren en el registro de víctimas del Comité Estadístico Interinstitucional de la Criminalidad (CEIC). Esta validación asegura que el apoyo estatal llegue de manera efectiva a quienes han sufrido extorsión o sicariato, particularmente en el sector transporte, consolidando una estrategia que combina la seguridad ciudadana con la promoción del empleo digno en tiempos de crisis.
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