Presidente del Poder Judicial sostiene que nueva ley sobre competencia laboral contiene puntos que pueden generar confusión

El presidente del Poder Judicial, Javier Arévalo Vela, se refirió recientemente a la Ley N.º 32155, promulgada por el Gobierno, que modifica la Nueva Ley Procesal del Trabajo (Ley N.º 29497), destacando que, en términos generales, se aprobó tal como fue propuesta en el proyecto inicial del Poder Judicial.

No obstante, el presidente advirtió que la norma, publicada el 7 de noviembre, presenta ciertos puntos que podrían generar confusión durante su aplicación, lo que obligará a los jueces a realizar una interpretación precisa de la misma.

En este sentido, Arévalo Vela precisó que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, como órgano rector del poder judicial, emitirá una disposición para aclarar aspectos relacionados con la competencia y algunos términos que podrían ser ambiguos, pues, de no resolverse estas dudas, la ley podría no cumplir con su propósito inicial.

El presidente explicó que, según lo estipulado en el artículo 1 de la ley promulgada, los juzgados de paz letrado serán los encargados de conocer los procesos laborales abreviados en los que se reclamen obligaciones de dar, siempre que no excedan las 70 Unidades de Referencia Procesal (URP).

Sin embargo, también observó confusión en el inciso 7 del artículo 1, que alude a los actos de hostilidad por parte del empleador, interpretándolos como acoso moral y hostigamiento sexual. Además, hizo notar la similitud entre los incisos 8 y 10 del mismo artículo, que tratan sobre el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios, sin importar su causa, siempre que el monto no supere las 70 URP.

El presidente también alertó sobre una posible confusión en el inciso 9 del artículo 1, que menciona el reconocimiento de los derechos laborales de los trabajadores en “regímenes especiales, sean públicos o privados”, sugiriendo que el término “públicos” podría resultar innecesario.

En términos generales, Arévalo Vela detalló las competencias tanto de los juzgados de paz letrado como de los juzgados especializados laborales en el contexto de la nueva ley, que ya ha entrado en vigencia en el país.

Estas observaciones fueron formuladas durante una conferencia en el Palacio de Justicia, en la que participaron jueces de paz letrado y especializados de las cortes superiores de Lima, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur, Puente Piedra-Ventanilla y Callao.

Destacados

Últimos artículos

El régimen CAS será válido siempre que no signifique la desmejora de la condición laboral ganada por el trabajador | Casación N.° 2651-2019 La Libertad

noviembre 10, 2025
Diseño sin título (26)

¿Resulta procedente la demanda por cese de actos de hostilidad cuando el empleador no ha sido previamente requerido con el plazo de seis días para enmendar su conducta? | Casación Laboral N.º 53794-2022 Lambayeque

noviembre 10, 2025
Diseño sin título (30)

El convenio colectivo por su naturaleza permanente y fuerza vinculante continuará rigiendo mientras no sea modificado expresamente | Casación N.° 9862-2023 Piura

noviembre 9, 2025
Diseño sin título (29)

Amonestaciones sin sustento no justifican el despido del trabajador | Casación Laboral N.º 07484-2023 Lima

noviembre 8, 2025
Diseño sin título (28)

Artículos relacionados

Copia de Texto del párrafo (33)

Precente TFL respecto a la falta de entrega de documentos referentes a la seguridad y salud en el trabajo | Resolución Nº 006-2025-SUNAFIL/TFL

julio 17, 2025
Leer más...
Copia de Texto del párrafo (46)

¿ Los locadores de servicio pueden afiliarse a una organización sindical? | Informe técnico N° 00450-2025-SERVIR-GPGSC

abril 23, 2025
Leer más...
Texto del párrafo - 2025-01-22T072301.514

Ausencia de horario fijo no descarta relación laboral | Casación 23369-2021 Lima

mayo 21, 2025
Leer más...
Copia de Texto del párrafo (36)

¿Trabajador debe ejercer su derecho de defensa previo a una sanción disciplinaria distinta al despido? | Casación Laboral N.º 14501-2019 Ica

marzo 28, 2025
Leer más...
Mantente actualizado en nuestro grupo de whatsApp con todas las novedades del derecho del trabajo
Únete a nuestro grupo de whatsApp