Poder Judicial informa que Segunda Sala De Derecho Constitucional y Social Suprema ha resuelto cerca de dos mil expedientes durante cuarentena

Durante el periodo de emergencia sanitaria nacional, la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de la República, que preside el magistrado Carlos Arias Lazarte, resolvió 1 mil 925 expedientes en materia laboral.

El referido tribunal atendió una gran cantidad de recursos presentados por trabajadores obreros al tratarse de un sector vulnerable, siendo cerca de 800 los casos resueltos relacionados con este  sector.

Así lo señala el documento “Informe sobre la productividad en el trámite de los expedientes, durante el periodo de emergencia nacional a consecuencia del COVID-19”, del referido tribunal supremo.

Los recursos están referidos a apelaciones, casaciones, competencias, consultas y quejas en materia de reposición, desnaturalización de contrato, pago de beneficios sociales, pago de intereses legales, indemnización por daños y perjuicios, reposición, entre otros.

De acuerdo con el mencionado reporte, en el periodo del 10 al 31 de marzo, al inicio de la cuarentena decretada por el Gobierno, fueron programados y votados 1 mil 240 expedientes.

En tanto que, en el periodo de 01 al 30 de abril, la sala programó 685, los que fueron debidamente entregados a los despachos, descargándose hasta la fecha 239 expedientes.

Además de Arias Lazarte, la referida sala suprema está integrada, también, por los magistrados Diana Lily Rodríguez Chávez, Rosa María Ubillús Fortini, Víctor Raúl Malca Guaylupo y Martín Eduardo Ato Alvarado.

Debe señalarse que, en los próximos días, concluirán las votaciones sobre la cantidad restante mediante el aplicativo del Google Hangoust Meet, que permite la realización de reuniones administrativas y audiencias virtuales de los diferentes órganos jurisdiccionales durante la emergencia sanitaria.

Asimismo, que las ejecutorias aún no se encuentran notificadas, pero que están haciéndose las gestiones pertinentes para permitir la firma digital de las ejecutorias y su consecuente notificaciones a los justiciables.

Fuente: Poder Judicial

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