Nueva doctrina jurisprudencial sobre la legitimidad para obrar pasiva en casos de intermediación y/o tercerización laboral | CASACIÓN N.° 18491-2019 LIMA

DÉCIMO SEXTO. Doctrina jurisprudencial

Del análisis jurídico precedente se desprende el siguiente principio jurisprudencial: En los casos en los que el trabajador alegue la existencia de un contrato de trabajo respecto de la empresa usuaria, sea por aplicación del principio de primacía de la realidad o por desnaturalización de la intermediación y/o tercerización laboral, únicamente tendrá legitimidad pasiva para obrar la empresa usuaria respecto de la cual se afirme la condición de empleadora, mas no la empresa contratista; no debiendo permitirse su incorporación como parte en el proceso y, de ser el caso, el Juez deberá excluirla realizando un control de oficio de la legitimidad para obrar, en aras de garantizar un adecuado saneamiento procesal en sintonía con valores constitucionales del debido proceso y la tutela jurisdiccional efectiva. Ello porque una mala gestión de la técnica de la legitimidad para obrar conlleva a que una infinidad de procesos sean indebidamente tramitados, debilitándose así nuestro sistema de justicia e impidiendo dar una respuesta oportuna a los trabajadores y empleadores que participan en el proceso en busca de tutela jurisdiccional efectiva. Al amparo de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, lo señalado en el presente considerando es de obligatorio cumplimiento, por lo que los jueces que decidan apartarse de este criterio, deberán motivar adecuadamente su decisión.

DESCARGA LA SENTENCIA AQUÍ

Únete a nuestro grupo de Derecho Laboral y no te pierdas ninguna jurisprudencia: https://chat.whatsapp.com/JWRksnp0EYoLwQ

Destacados

Últimos artículos

MEF confirma alza de la remuneración mínima en dos tramos 

agosto 7, 2026
sefsfs

MEF plantea trasladar los feriados a los días viernes para fomentar el turismo

agosto 7, 2026
Copia de Texto del párrafo (40)

Ministro de Trabajo: "La decisión política de la presidenta es que no se van a aumentar ni quitar los feriados"

julio 30, 2026
eee

Reglamentan protección contra el despido de trabajadores con diagnóstico de cáncer, su tratamiento y los efectos derivados | Decreto Supremo N° 008-2026-TR

junio 5, 2026
Copia de Texto del párrafo - 2025-08-14T222836.604

Artículos relacionados

herencia-J (1)

El contrato de compraventa carece de validez al haber sido sometido el bien al acuerdo conciliatorio de las partes en un proceso de división y partición | CASACIÓN Nº 3348-2016 PUNO

septiembre 15, 2022
Leer más...
F4XZOJNBGVCL7HUED4AE65TCQ4 (1)

Es nula la sentencia cuando se produce dos cambios de magistrados durante la audiencia de apelación | CASACIÓN PENAL 1135-2016 CUSCO

agosto 29, 2022
Leer más...
desalojo-cdmx-cuartoscuro-armando-monroy (1)

No corresponde ordenar el desalojo por ocupación precaria del sobrino de la causante quien interviene en representación de su madre que fue desplazada de la herencia | CAS 3806-2017 LIMA

agosto 9, 2022
Leer más...
Imagen-para-post-2020-12-14T093341.209 (1)

Una vez fijadas las penas en concreto para cada uno de los delitos cometidos, las mismas se deberán sumar; el resultado será la pena definitiva a imponerse | RECURSO DE NULIDAD N.° 1105-2018 CALLAO

noviembre 23, 2022
Leer más...