Ante dos declaraciones contradictorias de una misma persona en dos momentos procesales, (…), el órgano jurisdiccional puede contrastar, comprobar e interpretar los términos y alcance de las contradicciones, (…), extraer del relato presente o previo, la conclusión que entienda que se ajusta a lo verdaderamente acontecido | CASACIÓN N° 206- 2021/HUÁNUCO

RAZÓN DE LA DECISIÓN: .Que el único dato disonante es la retractación de la denunciante GOÑE VEGA en sede plenarial, ocasión en que señaló que lo que declaró en sede de investigación preparatoria era mentira, que lo denunció porque el imputado le pegaba mucho, la maltrataba y a veces no le proporcionaba dinero para mantener a su hija, por lo que denunció por cólera y odio –tal mentira la concibió a partir de lo que dijo una desconocida y no identificada, a quien identifica bajo el apelativo de “Gringa”–. Esta retractación, por su vaguedad y por ser sorpresiva, no tiene bases de corroboración mínima, sus hijas y agraviadas no se han retractado, y no puede descartar el mérito de la prueba pericial y de integridad sexual. (F. 4.)

 ORDEN LÓGICO DE LA SENTENCIA 

HECHOSDERECHOCONCLUSIÓN
(…) los cargos son precisos, contundentes y circunstanciados en lo que es factible dada la edad de las niñas agraviadas. Las dos agraviadas declararon en cámara Gesell y –sobre todo la última dada su corta edad cuando fue perjudicada– sindicaron con claridad y precisión que su padrastro fue quien violó a la primera niña y efectuó tocamientos y besos en su vagina a la segunda –incluso en el caso de la segunda agraviada, la menor Y.P.G. corroboró, al ser testigo presencial, lo que el imputado Ponce Cárdenas le hizo a su hermana S.L.P.G.–. Además, cuando la madre, doña Milandra Goñe Vega, se enteró de lo sucedido cumplió con su deber de formular denuncia contra su conviviente Ponce Cárdenas. Asimismo, la prueba pericial de psicología forense realizada a ambas agraviadas (operación pericial, informe pericial y explicaciones en el plenario) da cuenta de la afectación emocional que sufrieron, y la pericia médico legal realizada a la menor Y.P.G. [certificado médico legal 009036E-IS, de cuatro de diciembre de dos mil trece, oralizado en el plenario] estableció que presentó un desgarro completo del himen en horas IX y otros tres desgarros incompletos en horas II, V y VII. A ello se agregó la testimonial de la denunciante en sede de investigación preparatoria, ocasión en que dio cuenta de lo que sus dos hijas le dijeron. (F. 3)– El Acuerdo Plenario 2-2005/CJ-116.

Que, en consecuencia, la motivación de la sentencia de vista no presenta defectos constitucionalmente relevantes. Se apreció el material probatorio disponible (prueba personal, prueba pericial y prueba documentada), tanto individual como en su conjunto. Las inferencias probatorias no son irrazonables y son compatibles con las reglas de la sana crítica racional. La prueba se apreció desde los criterios de seguridad fijados por el Acuerdo Plenario 2-2005/CJ-116. Nada indica que fueron distorsionados o analizados de modo incompleto o insuficiente. (F. 5.)

 DESCARGA LA SENTENCIA AQUÍ
¿Quieres mantenerte actualizado con la jurisprudencia tener acceso preferente y gratuito a nuestra revista de la materia?Únete a nuestros grupos de whatsapp o telegram:Grupo Magazín Civil:Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/F8F6cej3xNTEf4KTGNQhxi Telegram: https://t.me/+XAXu6nOYg95iMzIxGrupo Magazín Laboral: Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/JWRksnp0EYoLwQZ3aQrYfE Telegram: https://t.me/+O91zHqFEV8MxYjdhGrupo Magazín Penal: Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/K0qjx8lis4N8XBYDi4qJ73 Telegram: https://t.me/+4H4j4ZlWxVYwYWMxGrupo Magazín Constitucional:Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/IcznZ5TR6581ANsUz3qkvH

Destacados

Últimos artículos

¿Los efectos de la excepción de prescripción puede extenderse a la empresa codemandada que no lo interpuso? | Casación Laboral N.º 07914-2021 Piura

enero 23, 2025
Texto del párrafo - 2025-01-23T072459.964

Poder Judicial inicia la evaluación de desempeño a sus servidores

enero 23, 2025
Texto del párrafo - 2024-12-21T091918.981

¿Cuáles son los requisitos para la aplicación de la Ley 24041? | Casación N.° 766-2023 Cajamarca

enero 22, 2025
Texto del párrafo - 2025-01-22T214810.292

¿Es posible interponer demanda de favorecimiento de la Ley N.° 24041 antes que se produzca el despido? | Casación N.° 766-2023 Cajamarca

enero 22, 2025
Texto del párrafo - 2025-01-22T210651.975

Artículos relacionados

caducidad-para-ejecutar-una-sentencia-450x316 (1)

Cómputo del plazo de caducidad en el procedimiento sancionador de Sunafil | Resolución N° 751-2022-SUNAFIL/TFL-Primera Sala

agosto 30, 2022
Leer más...
penales

Poder Judicial presenta al Congreso dos proyectos de Ley que buscan la remisión condicional de la pena y la revisión de la prisión preventiva

mayo 9, 2020
Leer más...
S Y P FINAL

Poder Judicial aprobó el trámite de la presentación electrónica de actos inscribibles ante la Sunarp, mediante la R. A. N° 000103-2022.

abril 1, 2022
Leer más...
FISCAL MAGAZIN

Ministerio de Justicia lanza convocatoria nacional para fortalecer política criminal

agosto 12, 2022
Leer más...
Abrir chat
1
Bienvenido al servicio de mensajería de la revista de jurisprudencia laboral, ¿en qué te podemos ayudar?
Mantente actualizado en nuestro grupo de whatsApp con todas las novedades del derecho del trabajo
Únete a nuestro grupo de whatsApp