Si en la escritura pública de divorcio el accionante declaró bajo juramento no haber adquirido bienes sociales, ello basta para considerar que los bienes sobre los que recae el acto jurídico no son sociales | CASACIÓN CIVIL 3307-2016 TACNA

RAZÓN DE LA DECISIÓN: Así tenemos que, un bien será social por el mero hecho de haber sido adquirido dentro de la vigencia del matrimonio, acorde al artículo 310 del Código Civil, con excepción a los supuestos los establecidos en el artículo 302 del Código Civil; es decir no basta que un bien sea adquirido durante la vigencia del matrimonio para que sea considerado social, sino que está sujeto a excepciones, como por ejemplo que haya sido adquirido a título oneroso y la causa de adquisición ha precedido a aquella. De allí que el razonamiento esbozado por la instancia de mérito es acorde a derecho; en tanto asume que, pese a que la compra se realizó durante la vigencia del matrimonio, si en la Escritura de divorcio el accionante declaró bajo juramento no haber adquirido bienes sociales con la codemandada Candelaria Maruja Anahua Anahua, ello basta para considerar que los bienes sobre los que recae el acto jurídico sub litis no son sociales. (F. 14)

 ORDEN LÓGICO DE LA SENTENCIA 

HECHOS DERECHO CONCLUSIÓN
El proceso ha sido iniciado con motivo de la demanda interpuesta por don Carmelo Chura Huisa, a través de la cual pretende que el órgano jurisdiccional declare la nulidad del contrato denominado “Acuerdo Privado Interno” de fecha diecinueve de octubre del año dos mil siete y del acto jurídico de compra venta de los puestos comerciales números 87 y 88 de la Asociación de Comerciantes 7 de Agosto, que contiene; por cuanto en él se dispone de bienes que a dicha fecha eran de propiedad de la sociedad.

conyugal que conformaba con doña Candelaria Maruja Anahua Anahua, y él no

ha participado en la venta manifestando su voluntad, conforme a la exigencia

contemplada en el artículo 315 del Código Civil

Artículo 302 del Código Civil Si en la Escritura de divorcio el accionante declaró bajo juramento no haber adquirido bienes sociales con la codemandada andelaria Maruja Anahua Anahua, ello basta para considerar que los bienes sobre los que recae el acto jurídico sub litis no son sociales.

DESCARGA LA SENTENCIA CASACION 3307-2016 TACNA


¿Quieres mantenerte actualizado con la jurisprudencia tener acceso preferente y gratuito a nuestra revista de la materia?

Únete a nuestros grupos de whatsapp o telegram:

Grupo Magazín Civil:

Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/F8F6cej3xNTEf4KTGNQhxi
Telegram: https://t.me/+XAXu6nOYg95iMzIx

Grupo Magazín Laboral:
Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/JWRksnp0EYoLwQZ3aQrYfE
Telegram: https://t.me/+O91zHqFEV8MxYjdh

Grupo Magazín Penal:
Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/K0qjx8lis4N8XBYDi4qJ73
Telegram: https://t.me/+4H4j4ZlWxVYwYWMx

Grupo Magazín Constitucional:

Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/IcznZ5TR6581ANsUz3qkvH
Telegram: https://t.me/+8KzKdNG7KDk4NmEx

Destacados

Últimos artículos

Debe pagarse la indemnización vacacional aun cuando el goce sea parcial | Casación Laboral N.º 9741-2023 Lim

abril 30, 2026
MJ

Despido por injuria en redes sociales: posturas contrapuestas de la Corte Suprema peruana

abril 30, 2026
erer

Empleador debe pagar la indemnización vacacional si el trabajador goza de forma extemporánea de sus vacaciones | Casación Laboral N.º 13741-2015 Lima

abril 29, 2026
sefsfs

¿El empleador puede acceder a la computadora asignada al trabajador o viola su privacidad? | Casación Laboral N.° 09645-2018, Lima Este

abril 28, 2026
sdgsdgsdf

Artículos relacionados

Juramentación-Juez-Supremo-1

Juramenta Juez Supremo en reemplazo del suspendido Martín Hurtado Reyes

julio 27, 2020
Leer más...
gfhjfgh (1)

Los conceptos remunerativos adquiridos vía negociación colectiva forman parte de la base de cálculo de los beneficios sociales cuando así se haya pactado | CAS. Nº 271-2016 LIMA

enero 27, 2023
Leer más...
contrato-obra-servicio (1)

No se desnaturaliza el contrato de obra o servicio específico si este se justifica en el servicio solicitado por la entidad | CASACIÓN LABORAL N.º 48668-2022 LIMA

septiembre 27, 2023
Leer más...
tc señor de los milagros

¿Es inconstitucional la Ley 29602 que instituye la imagen del Señor de Los Milagros como patrono de la espiritualidad religiosa católica del Perú y como simbolo de la religiosidad y sentimiento popular por vulnerar el derecho a la libertad religiosa de los evangélicos?

abril 2, 2020
Leer más...