Vacaciones judiciales: Órganos jurisdiccionales de emergencia atenderán todo febrero en el Poder Judicial ░ Resolución Administrativa N° 453-2019-CE-PJ

 

  • Jueces y personal auxiliar con record laboral exigido podrán disfrutar de periodo del 1 de febrero al 1 de marzo

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ), presidido por el juez supremo José Luis Lecaros Cornejo, dispuso que las vacaciones en el Año Judicial 2020 para jueces y personal auxiliar serán efectivas del 1 de febrero al 1 de marzo. 

Cabe mencionar que durante este periodo funcionarán órganos jurisdiccionales de emergencia para conocer y tramitar procesos a su cargo, designados por los presidentes de las cortes superiores del país. 

Estos atenderán materias Penal (Hábeas Corpus, calificación con detenidos, trámites de libertades, apelación de mandato de detención, trámite de procesos con reos en cárcel, homonimias y rehabilitaciones.

Asimismo, en lo Civil (acciones de garantías y medidas cautelares fuera de proceso), Laboral (Consignaciones laborales).

También en materia de Familia (consignaciones de alimentos, autorizaciones de viajes de menores, violencia contra mujeres e integrantes del grupo familiar, tutela de menores en abandono y/o infractores, medidas cautelares de régimen provisional de visitas, entre otros), así como todas aquellas solicitudes que los jueces consideren urgente de acuerdo a sus facultades en las materias Contencioso Administrativa, Constitucional y Previsional. 

Así fue dado a conocer a través de la Resolución Administrativa N° 453-2019-CE-PJ.

En ese sentido, detalla el documento, que los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios del país, programan el rol de vacaciones de jueces y personal auxiliar de acuerdo a los plazos procesales de los expedientes a su cargo.  

Esta misma regla aplica para las Salas y Órganos de Flagrancia, Omisión de Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción. 

ÓRGANOS CONTINUARÁN FUNCIONANDO

Del 1 de febrero al 1 de marzo del presente año la Corte Suprema de la República atenderá a los usuarios, a través de la Sala Penal Permanente con expedientes a su cargo y una Mesa de Partes que recibirá asuntos en materia Civil, Penal, de Derecho Constitucional y Social. 

De igual manera, continuarán sus actividades las Cortes Superiores de Justicia, excepto Lima, a través de Salas y Juzgados que sus presidentes designen como órganos de emergencia. 

Para estos casos, serán los titulares de las instancias quienes designen el personal mínimo necesario para afrontar las labores estipuladas. 

En el caso de la Corte Superior de Justicia de Lima mantendrá en atención las Salas y Órganos de Flagrancia, Omisión de Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción. 

Por otro lado, en cada Juzgado Penal será designado un técnico o asistente judicial que tenga a su cargo los expedientes para dar trámite a asuntos de materia de requerimiento según el rol de vacaciones de jueces y personal remitido al Órgano de Gobierno por la magistrada Coordinadora Nacional del Subsistema Especializado en Extinción de Dominio. 

Es preciso aclarar que los jueces y personal auxiliar que no cuenten con el récord laboral exigido no saldrán de vacaciones y conformarán los órganos jurisdiccionales de emergencia. 

De igual manera, los que laboren en las mencionadas fechas harán uso de sus vacaciones según sus necesidades de servicio entre los meses de abril y noviembre de 2020, previa autorización de las autoridades competentes según corresponda. 

Finalmente, cabe precisar que órganos jurisdiccionales como la Oficina de Control de la Magistratura, Cortes Superiores de Justicia, Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado  y Corrupción de Funcionarios, Salas Penales Liquidadoras, Salas Penales de Apelaciones, Oficina de Control Institucional, Procuraduría Pública y Gerencia General remitirán al CEPJ hasta el 17 de enero el rol de vacaciones de jueces y trabajadores

Fuente: Poder Judicial

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