SERVIR establece que únicamente el Reglamento Interno de Servidores Civiles puede prever faltas de carácter leve pasibles de ser sancionadas con amonestación verbal o escrita ▎RESOLUCIÓN DE SALA PLENA Nº 005-2020-SERVIR/TSC

El Reglamento interno de los Servidores Civiles (RIS) de cada entidad pública solo podrá prever faltas de carácter leve pasibles de ser sancionadas con amonestación verbal o escrita.

Así lo estableció el Tribunal del Servicio Civil mediante la RSP Nº 005-2020-Servir/TSC, la cual aprueba precedentes administrativos de observancia obligatoria relativos a la tipificación de faltas leves en ese documento.

Además, determinó que las faltas contenidas en el RIS no tendrán los mismos supuestos de hecho que aquellas previstas en la Ley Nº 30057, que revisten mayor gravedad.

Criterios

La Sala Plena del Tribunal del Servicio Civil advierte que la tipificación de faltas en este reglamento se circunscribe solo a las faltas leves pasibles de ser sancionadas con amonestación verbal o escrita, las que deben provenir del incumplimiento de obligaciones de mínima gravedad; por lo que no resulta posible que en su contenido se tipifiquen faltas que deben ser castigadas con suspensión o destitución y que ya están tipificadas en el artículo 85 de esa ley.


No obstante, el colegiado no excluye, en modo alguno, la posibilidad respecto a que en un procedimiento administrativo disciplinario el órgano sancionador pueda modificar la sanción propuesta por el órgano instructor y, de esa manera, alguna falta prevista con sanción de suspensión o destitución en aquel artículo se pueda sancionar con amonestación escrita o verbal, de acuerdo a las circunstancias del caso en concreto.

Con estos precedentes se trata -entonces- de ordenar la forma en que las entidades públicas redactan los RIS, para evitar que consignen en estos reglamentos nuevas faltas sancionables con suspensión o destitución, manifestó el vocal titular del Tribunal del Servicio Civil, Ricardo Herrera.

El objetivo es impedir que en los RIS se establezcan faltas que son sancionables con suspensión o destitución según la ley, como si fuesen faltas merecedoras de una amonestación, puntualizó.

Notificación

Para que los servidores puedan tener conocimiento, de manera previa, de las faltas leves pasibles de ser sancionadas con amonestación verbal o escrita, el colegiado de Servir determinó que las entidades deberán notificar el RIS al personal. A juicio de Herrera, tal comunicación responde a la observancia del principio del debido procedimiento, porque aquel reglamento debe especificar el procedimiento que se aplica para las sanciones, a fin de que el servidor sepa a qué atenerse.

DESCARGA EL PRECEDENTE DANDO CLIC AQUÍ

Fuente: El Peruano

Síguenos en facebook como Magazín Jurisprudencial y entérate de la más reciente y relevante jurisprudencia

Destacados

Últimos artículos

Reglamentan protección contra el despido de trabajadores con diagnóstico de cáncer, su tratamiento y los efectos derivados | Decreto Supremo N° 008-2026-TR

junio 5, 2026
Copia de Texto del párrafo - 2025-08-14T222836.604

Corte Suprema fija novísima doctrina jurisprudencial sobre el pago de horas extras | Casación 36773-2023 La Libertad

mayo 27, 2026
Diseño sin título (58)

Emiten nueva doctrina jurisprudencial sobre los supuestos de inaplicación del precedenteHuatuco | Casación Laboral N.º 11090-2023 La Libertad

mayo 20, 2026
MJ

Declaran el 27 de julio del 2026 día no laborable | Decreto Supremo N° 075-2026-PCM

mayo 16, 2026
eee

Artículos relacionados

041263-foto-jornada-laboral-horario-trabajo-docentes-colegio-profesores-peru-analisis (1)

Publican decreto supremo que aprueba criterios de priorización de sentencias en calidad de cosa juzgada y en ejecución en el sector educación | DECRETO SUPREMO Nº 003-2023-MINEDU

febrero 1, 2023
Leer más...
preventiva-diariojuridico (1)

Mandato de prisión preventiva debe ser excepcional, objetiva, motivada y responsable | CASACIÓN N.° 353-2019 LIMA

octubre 11, 2022
Leer más...
104736 (1)

Trabajador que labore más allá de los 70 años no tiene derecho a la indemnización por la extinción del vínculo laboral en razón de su edad | CASACIÓN LABORAL Nº 12783-2017 LIMA

octubre 19, 2022
Leer más...
445144_552642 (1)

¿El trabajador puede negarse a desarrollar nuevas funciones o de hacerlo, incurre en causal de despido? | CASACIÓN LABORAL N.º 8600-2022 LIMA SUR

septiembre 13, 2023
Leer más...