¿Las amenazas contra la integridad física están protegidas por el hábeas corpus? ▎ EXP. N.° 00889-2019-PHC/TC

SENTENCIA INTERLOCUTORIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 24 de agosto de 2020
ASUNTO
Recurso de agravio constitucional interpuesto por don Renán Franklin Galindo Peralta, abogado de don Fredy Sánchez Cerquin, contra la resolución de fojas 382, de 20 de diciembre de 2018, expedida por la Cuarta Sala Penal de Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima, que declaró infundada la demanda de habeas corpus de autos.
FUNDAMENTOS
En la sentencia emitida en el Expediente 00987-2014-PA/TC, publicada en el diario oficial El Peruano el 29 de agosto de 2014, este Tribunal estableció, en el fundamento 49, con carácter de precedente, que se expedirá sentencia interlocutoria denegatoria, dictada sin más trámite, cuando concurra alguno de los siguientes supuestos, que igualmente están contenidos en el artículo 11 del Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional, los cuales se presentan cuando: