La prueba de cargo (versiones) es insuficiente para acreditar el delito de cohecho cometido por el efectivo policial ░ RECURSO NULIDAD N.° 708-2019/LIMA SUR

 

FUNDAMENTO DESTACADO:

 Que, ahora bien, el hecho fundamental es si, en efecto, el imputado Miranda Rubio exigió o pidió dinero para evitar la retención del vehículo y la imposición de las papeletas. No cabe duda, incluso desde las propias afirmaciones del mecánico Mamani Cutipa, que infringió al Reglamento de Tránsito y, por tanto, de la legalidad de la imposición de las dos papeletas correspondientes. Todo el procedimiento está documentado, no fue una intervención aislada ni al margen de una operación previamente dispuesta por la Superioridad. ∞ El imputado ha negado tal requerimiento de dinero. La versión en el sentido de que pidió cien soles no ha sido confirmada por Mamani Cutipa. Él dice que el encausado le insistió para “arreglar”, pero no le planteó una cifra determinada –no mencionó al denunciante Arellano Cornejo que aquél le pidió cien soles–. Esta última versión, en todo caso, no tiene prueba de corroboración objetiva. ∞ En efecto, es patente que se impusieron dos papeletas al denunciante y al mecánico, las cuales no tienen objeción legal alguna. Está demostrado que la intervención realizada por el encausado Miranda Rubio ha sido avalada por la propia institución, por lo que, en principio, no puede afirmarse que fue irregular o se hizo al margen de lo dispuesto por el comando policial. (F. 7)

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