Sentenciados por delito doloso en primera instancia no podrán postular a cargo de elección popular
El Pleno del Congreso ratificó, en segunda votación, la reforma constitucional que impide postular a cargos de elección popular a quienes tengan sentencia condenatoria en primera instancia, en calidad de autores o cómplices, por la comisión de delito doloso.
111 legisladores votaron a favor, 8 en contra y 8 abstenciones. De esta manera, se incorpora el artículo 34-A y el artículo 39-A sobre impedimentos para postular a cargos de elección popular o para ejercer la función pública.
De igual manera, se establece que están impedidos de ejercer la función pública mediante la designación de cargos de confianza a los sentenciados en primera instancia.

Suscríbete a la revista digital Magazín Jurisprudencial y recibe mensual el análisis de la más selecta y relevante jurisprudencia en materia civil, penal y laboral.
Destacados
Últimos artículos
Artículos relacionados
El análisis de la aplicación del principio de confianza exige, desde luego, que no se presenten determinadas circunstancias que la excluyen, tales como, entre otras, cuando resulta evidente que uno de los intervinientes en el hecho realizó una conducta que defrauda las expectativas de su actuación conforme a derecho | CASACIÓN N.° 1546-2019 PIURA
septiembre 28, 2022
Leer más...