Conceden teletrabajo a trabajador por respuesta fuera del plazo legal | 003522-2023-SERVIR/TSC

FUNDAMENTOS DESTACADOS

Sobre la solicitud de teletrabajo del impugnante

26. En el caso en particular, el impugnante, quien ocupa el cargo de Asesor 2 de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional, presentó con fecha 11 de abril de 2023 a la Entidad su solicitud de cambio de modalidad de trabajo presencial a teletrabajo total bajo los lineamientos de la Ley Nº 31572, su Reglamento y el Plan de Implementación de Trabajo de la Entidad.

27. En virtud de lo cual, mediante Memorando Nº 000222-2023/OSDN/RENIEC, del 12 de abril de 2023, el jefe inmediato del impugnante trasladó a la Oficina de Potencial Humano la solicitud de cambio de modalidad de trabajo del impugnante, indicando que daba opinión no favorable a lo solicitado, lo que hacía de conocimiento para las gestiones pertinentes.

28. Por lo tanto, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 9.3 de la Ley del Teletrabajo y el numeral 18.1 de su Reglamento, la Oficina de Recursos Humanos de la Entidad tenía un plazo de diez (10) días hábiles para dar respuesta a la solicitud del impugnante, la cual vencía en este caso, el 26 de abril de 2023; sin embargo, la Entidad dio respuesta al impugnante mediante el Memorando Nº 000942- 2023/OPH/UGP/RENIEC, del 8 de mayo de 2023, notificado al impugnante el 9 de mayo de 2023, es decir, fuera del plazo previsto en las citadas normas que regulan el procedimiento.

29. En atención a lo expuesto, debe tenerse presente que, tanto la Ley del Teletrabajo como su Reglamento han establecido que luego de transcurridos los diez días hábiles sin respuesta, se entiende por aprobada la solicitud de cambio de modalidad presentada por el servidor civil.

30. De modo que, en el presente caso, en aplicación del principio de legalidad corresponde tener por aprobada la solicitud de cambio de modalidad a teletrabajo presentada por el impugnante, teniendo en cuenta que no se encuentra dentro de alguno de los supuestos del numeral 35.3 del Reglamento de la Ley del Teletrabajo, al no realizar funciones directivas ni ser personal de confianza, de acuerdo con el Informe Escalafonario que obra en el expediente.

31. Así, a diferencia de lo que sucede con los particulares, a quienes rige el principio de autonomía de la voluntad10, en aplicación del principio de legalidad, la Administración Pública sólo puede actuar cuando se encuentra habilitada por norma legal específica. En otros términos, mientras que los particulares están habilitados de hacer todo lo que la ley no prohíbe, las entidades que integran la Administración Pública, sólo pueden hacer lo que la ley expresamente les permita.

Destacados

Últimos artículos

No corresponde la acumulación del periodo de prueba si el trabajador reingresa a un puesto con funciones sustancialmente diferentes a las anteriores | Casación Laboral N.° 2406-2024 Arequipa

febrero 10, 2026
Diseño sin título (59)

Modifican el Reglamento del Procedimiento Administrativo Disciplinario y de las Medidas de Prevención de la ANC del Poder Judicial

febrero 10, 2026
Diseño sin título (58)

Suspenden los plazos procesales en los juzgados laborales de la sede Miroquesada | Resolución Administrativa N° 000031-2026-CE-PJ

febrero 10, 2026
Diseño sin título (57)

Corresponde la restitución del FONAHPU dado que los requisitos para su obtención ya se habían cumplido | Casación N.º 7983-2023 La Libertad

febrero 4, 2026
Diseño sin título (56)

Artículos relacionados

Copia de Texto del párrafo (36)

Precedente TFL: Presupuestos para considerar no punibles conductas ante la demora en responder requerimientos de información | Resolución Nº 005-2025-SUNAFIL/TFL

julio 16, 2025
Leer más...
Texto del párrafo - 2025-01-19T100944.672

Incrementan el monto de la pensión para los pensionistas del régimen 20530 desde enero de 2025 | DECRETO SUPREMO Nº 003-2025-EF

enero 19, 2025
Leer más...
Copia de Texto del párrafo (14)

Ministerio de Economía transfiere partida para el pago del bono de 200 soles a los servidores públicos | Decreto Supremo N° 010-2025-EF

enero 28, 2025
Leer más...
Texto del párrafo (98)

Será Ley: Ministerio de Economía efectuará detracciones para los aportes a EsSalud, la ONP y las AFP

marzo 13, 2025
Leer más...