«La pensión de sobrevivientes se sustenta en el estado de necesidad en que quedan aquellas personas que dependían económicamente del fallecido, al no contar más con medios económicos para atender su subsistencia (…)» ▎ EXP. N.º 01458-2019-PA/TC
SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL En Lima, a los cuatro días del mes de setiembre de 2020, la Sala Primera del Tribunal Constitucional, integrada por los señores magistrados Miranda Canales, Ramos Núñez y Espinosa-Saldaña Barrera, pronuncia la siguiente sentencia. ASUNTO Recurso de agravio constitucional interpuesto por doña María Isabel Rodríguez Vergara contra la sentencia de fojas […]








