Aun cuando existe una relación de parentesco no se presenta una circunstancia asimétrica en sus relaciones mutuas que tipifique como delito de violencia familiar | RECURSO NULIDAD N.° 2030-2019/LIMA

RAZÓN DE LA DECISIÓN: En el caso sub judice es de destacar que los agraviados son personas mayores de edad –forman una propia unidad familiar–, y no domiciliaban ni estaban bajo ningún tipo de dependencia con el imputado. Es verdad que este último es padre del agraviado y suegro de la agraviada, pero aun cuando existe una relación de parentesco no se presenta una circunstancia asimétrica en sus relaciones mutuas –incluso, la deuda que origino la agresión es del imputado respecto del agraviado–. La agraviada resultó lesionada pero a propósito de una situación agresiva en que trató de intervenir para separar a su esposo y por ello resultó con dos heridas cortantes defensivas. (F. 7)

 ORDEN LÓGICO DE LA SENTENCIA 

HECHOSDERECHOCONCLUSIÓN
Que la sentencia de instancia declaró probado que el día siete de abril de dos mil dieciocho, como a las trece con treinta horas, cuando el encausado Ccahuana Candía y su hijo, el agraviado Ccahuana Villanueva, se encontraban libando licor en las afueras de su domicilio, ubicado en la Manzana C, Lote uno, Comité quince, del Asentamiento Humano Flor de Amancaes, en el Rímac, se produjo una discusión entre ambos a raíz que el segundo reclamó al imputado por un dinero que le debía con relación a la venta de un terreno. Como consecuencia del incidente surgido entre ambos, los vecinos solicitaron apoyo policial, y el encausado fue conducido a la Comisaría de donde le dieron libertad. Es así que el encausado Ccahuana Candía ingresó a su domicilio, golpeó a la agraviada Soto Castro, conviviente de su hijo Ccahuana Villanueva, y le ocasionó heridas cortantes. Asimismo, cuando el agraviado Ccahuna Villanueva se aprestaba a irse del domicilio paterno, lo agredió e inmediatamente se produjo una pelea entre ambos. El agraviado resultó con diversas heridas cortantes, una en la base de la nuca. El encausado también sufrió heridas cortantes en la parte distal y en cara palmar de mano derecha.Artículo 1 de la Ley 30364

Que, en cuanto a la tipificación del delito, es de acotar que no se trata de un delito cometido en un contexto de violencia contra integrantes del grupo familiar. Al respecto, es de tener presente la Ley 30364, de veintitrés de noviembre de dos mil quince, residencia el ámbito de violencia cuando los integrantes del grupo familiar están en situación de vulnerabilidad por razón de edad, situación física, edad o discapacidad (artículo 1).

 DESCARGA LA SENTENCIA AQUÍ


¿Quieres mantenerte actualizado con la jurisprudencia tener acceso preferente y gratuito a nuestra revista de la materia?

Únete a nuestros grupos de whatsapp o telegram:

Grupo Magazín Civil:

Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/F8F6cej3xNTEf4KTGNQhxi
Telegram: https://t.me/+XAXu6nOYg95iMzIx

Grupo Magazín Laboral:
Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/JWRksnp0EYoLwQZ3aQrYfE
Telegram: https://t.me/+O91zHqFEV8MxYjdh

Grupo Magazín Penal:
Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/K0qjx8lis4N8XBYDi4qJ73
Telegram: https://t.me/+4H4j4ZlWxVYwYWMx

Grupo Magazín Constitucional:

Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/IcznZ5TR6581ANsUz3qkvH

Destacados

Últimos artículos

Si el trabajador renuncia una vez inicio el procedimiento disciplinario, ¿opera la renuncia o el despido? | RESOLUCIÓN Nº 001661-2025-SERVIR

mayo 15, 2025
Copia de Texto del párrafo (32)

Corte Suprema valida reducción de remuneración en un caso de crisis económica de la empresa | CASACIÓN LABORAL N.° 33152-2022 LIMA

mayo 14, 2025
Texto del párrafo - 2025-01-22T214810.292

Empresa minera anuncia la aplicación de suspensión perfecta de labores

mayo 14, 2025
Copia de Texto del párrafo (59)

Atención: Gremios de transporte y otros anuncian paro, este 14 de mayo del 2025

mayo 13, 2025
Copia de Texto del párrafo (46)

Artículos relacionados

000113269M

Amplían canales electrónicos: hechos de violencia podrán denunciarse en forma virtual

abril 8, 2021
Leer más...
Texto del párrafo (21)

Aprueban modificación constitucional que permite a médicos ejercer doble empleo remunerado en el Estado

octubre 10, 2024
Leer más...
3H5AFIRDIBCWJJABELPJTEXCBA (1)

¿La JNJ o el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial es el competente para decidir los traslados por razones familiares de los jueces? | CASACIÓN N° 28825-2019 LAMBAYEQUE

octubre 3, 2022
Leer más...
notarias2

Aprueban protocolo sanitario para la operación del servicio público notarial ante el COVID-19 ▎RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0135-2020-JUS

mayo 18, 2020
Leer más...
Abrir chat
1
Bienvenido al servicio de mensajería de la revista de jurisprudencia laboral, ¿en qué te podemos ayudar?
Mantente actualizado en nuestro grupo de whatsApp con todas las novedades del derecho del trabajo
Únete a nuestro grupo de whatsApp