¿Es necesario poner en conocimiento del empleador la justificación de la ausencia para que no se produzca el abandono de trabajado? / CAS 13236-201-ICA

FUNDAMENTOS DESTACADOS

Sexto. Ahora bien, se configura el literal h) del artículo 25° del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N.° 728, cua ndo el trabajador sin justificación alguna, deja de asistir a su centro de trabajo por más de tres días consecutivos, o por más de cinco días no consecutivos en un período de treinta días calendarios, o más de quince días en un período de ciento ochenta días calendarios, lo que denota que el trabajador tiene una conducta tendiente a incumplir el contrato de trabajo por sí mismo. Es conveniente anotar lo previsto en el artículo 37° del Decreto Supremo N.° 001-96-TR, que aprueba el Reglamento de la Ley de Fomento al Empleo, en cuanto precisa que, para que no se configure el abandono de trabajo, toda ausencia al centro de labores deberá ser puesta en conocimiento del empleador, exponiendo las razones que la motivaron, dentro del término del tercer día de producida, más el término de la distancia. El plazo se contará por días hábiles, entendiéndose como tales los laborables en el respectivo centro de trabajo.

Séptimo. En ese contexto, la ausencia al trabajo adquiere relevancia, tipificándose como falta grave, únicamente cuando es injustificada, pues, de lo contrario la justificación impide conceptuar las faltas de asistencia o puntualidad como causa de despido. Por justificación habrá que entender la existencia de hechos independientes a la voluntad del trabajador y de los cuales no sea, en manera alguna, culpable, que le impiden asistir al trabajo o hacerlo puntualmente. Sobre lo mismo, es pertinente señalar que si bien los empleadores tienen la facultad para despedir al trabajador por haberse configurado una falta grave, dicha infracción debe estar respaldada con pruebas suficientes, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 26° del Texto Único Ordenado del Decret o Legislativo N.° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo N.° 003-97-TR, el cual establece que las fa ltas graves se configuran por su comprobación objetiva en el procedimiento laboral, con prescindencia de las connotaciones de carácter penal o civil que tales hechos pudieran revestir. En consecuencia, debe estar justificado mediante prueba idónea que demuestre de forma indubitable el referido abandono.

DESCARGA LA SENTENCIA AQUÍ

Destacados

Últimos artículos

Corte Suprema fija reglas vinculantes sobre la competencia del juez laboral en casos de responsabilidad civil | Casación N° 25213-2024

septiembre 19, 2026
palacio

Servidores con vínculo laboral encubierto no tendrán protección de la Ley 24041 según criterio vinculante de la Corte Suprema

agosto 19, 2026
Diseño sin título (57)

Gobierno aprueba nueva escala remunerativa de los trabajadores del Poder Judicial | Decreto Supremo N°162-2026-EF

agosto 19, 2026
MJ

La inasistencia del abogado a la audiencia no justifica la conclusión del proceso | Casación Laboral N.° 1176-2024, Arequipa

agosto 13, 2026
dggj

Artículos relacionados

tccccc

TC dispone que ante la ausencia prolongada de un miembro de una Sala, previo acuerdo del Pleno, la conformación de esta es completada de manera transitoria por el Presidente del Tribunal ▎ RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 067-2020-P/TC

junio 4, 2020
Leer más...
negociacionincompatible

El delito de negociación incompatible se refiere a operaciones o contratos del estado, esto revela un aprovechamiento del cargo del funcionario para favorecer intereses particulares | CASACIÓN N° 934 -2021/HUANCAVELICA

marzo 18, 2024
Leer más...
Personas con esposas o arrestadas por la policía (1)

Se puede instigar mediante regalos, promesas, amenazas, violencia, coacción, con el abuso de autoridad que se detenta u otros medios que sean idóneos y eficaces para la realización de la conducta perseguida | NULIDAD N.° 1192-2012 LIMA

septiembre 23, 2022
Leer más...
Copia de Bible Study Instagram Post template - Hecho con PosterMyWall (10)

Descarga en PDF la Ley General de Inspección de Trabajo y su reglamento

agosto 22, 2020
Leer más...