5 derechos laborales poco conocidos de las mujeres en el Perú

Con motivo de la proximidad del Día Internacional de la Mujer, es oportuno recordar que la legislación peruana reconoce diversos derechos laborales orientados a proteger la igualdad, la seguridad y la estabilidad de las trabajadoras. Aunque algunos son ampliamente conocidos —como la licencia por maternidad— existen otros derechos menos difundidos que también forman parte del marco de protección laboral para las mujeres.

A continuación, cinco de estos derechos y su sustento legal.

1) Protección frente a exámenes médicos invasivos o discriminatorios

En el Perú, exigir pruebas de embarazo como requisito para acceder a un empleo, renovar un contrato o permanecer en el trabajo está prohibido, ya que constituye una forma de discriminación por razón de sexo. Este tipo de práctica vulnera el derecho a la igualdad de oportunidades en el empleo, al condicionar la contratación de mujeres a su situación reproductiva.

Las evaluaciones médicas en el ámbito laboral solo pueden realizarse cuando tienen una finalidad preventiva vinculada a la salud ocupacional, y no pueden utilizarse para excluir o perjudicar a una trabajadora.

La legislación peruana reconoce que el embarazo no puede convertirse en un factor que limite el acceso o la continuidad en el trabajo.

Base legal:

  • Ley N.º 26772 – Disponen que las ofertas de empleo y acceso a medios de formación educativa no podrán contener requisitos que constituyan discriminación, anulación o alteración de igualdad de oportunidades o de trato
  • Decreto Supremo Nº 002-98-TR, Dictan normas reglamentarias de la Ley Nº 26772, sobre prohibición de discriminación en las ofertas de empleo y acceso a medios de formación educativa

2) Licencia laboral por adopción

Las mujeres que adoptan a un niño o niña también tienen derecho a un periodo de licencia laboral remunerada de 30 días naturales, destinado a facilitar la integración del menor al nuevo entorno familiar.

Este descanso reconoce que la adopción implica un proceso de adaptación emocional y familiar que requiere dedicación y tiempo, especialmente en las primeras semanas posteriores a la incorporación del niño o niña al hogar.

Durante este periodo, la trabajadora mantiene su vínculo laboral y su remuneración habitual, lo que busca garantizar que la adopción no represente un riesgo para su estabilidad laboral.

Base legal:

  • Ley N.º 27409 – Ley que concede licencia laboral por adopción.

3) Medidas de protección laboral para víctimas de violencia

Las trabajadoras que enfrentan situaciones de violencia familiar o violencia de género pueden solicitar determinadas facilidades en el trabajo para poder afrontar esta situación sin que ello afecte su empleo.

Entre estas medidas se incluyen cambios temporales de horario, traslados a otras áreas o centros de trabajo, y permisos para asistir a procesos judiciales, atención médica o terapias psicológicas.

La finalidad de estas disposiciones es evitar que la violencia sufrida tenga consecuencias negativas en la vida laboral de la víctima y asegurar que pueda acceder a los mecanismos de protección del Estado.

Base legal:

  • Ley N.º 30364 – Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar.

4) Igualdad salarial por trabajo de igual valor

La legislación peruana establece que hombres y mujeres deben recibir la misma remuneración cuando realizan el mismo trabajo o uno de igual valor. Este principio busca reducir la brecha salarial de género y garantizar condiciones laborales equitativas.

Para cumplir con esta norma, las empresas están obligadas a elaborar cuadros de categorías y funciones, instrumentos que definen los puestos de trabajo y sus niveles remunerativos. De esta manera se evita que las diferencias salariales respondan a criterios discriminatorios.

Cuando una trabajadora identifica una diferencia salarial injustificada, puede presentar una denuncia ante la autoridad laboral.

Base legal:

  • Ley N.º 30709 – Ley que prohíbe la discriminación remunerativa entre varones y mujeres.
  • Decreto Supremo N.º 002-2018-TR (reglamento de la ley).

5) Protección de la mujer gestante en trabajos de riesgo

Si una trabajadora embarazada desempeña labores que puedan representar un riesgo para su salud o para el desarrollo del embarazo, el empleador debe adoptar medidas para protegerla. La principal obligación consiste en reubicar temporalmente a la trabajadora en un puesto seguro o modificar sus condiciones de trabajo.

Esta reubicación debe realizarse sin reducción de salario ni pérdida de beneficios laborales, ya que su objetivo es prevenir riesgos derivados de la actividad laboral, como exposición a sustancias peligrosas, radiación o esfuerzos físicos excesivos.

La norma busca garantizar que el embarazo no se convierta en un factor de vulnerabilidad dentro del entorno laboral.

Base legal:

  • Ley N.º 28048 – Ley de protección a favor de la mujer gestante que realiza labores que pongan en riesgo su salud o el desarrollo normal del embrión y el feto.
  • Decreto Supremo Nº 009-2004-TR, Dictan normas reglamentarias de la Ley Nº 28048, Ley de Protección a favor de la Mujer Gestante que realiza labores que pongan en riesgo su salud y/o el desarrollo normal del embrión y el feto

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