Valor probatorio de la declaración del agraviado y testigos en el delito de robo░ CASACIÓN N.° 1326-2018/ICA

FUNDAMENTO RESALTANTE:

Que cuando se trata de delitos de clandestinidad, uno de los cuales es el delito de robo con agravantes –se trata de una clasificación o tipología relativa al contexto de la comisión típica en que el delito se perpetra en ausencia de testigos o terceras personas–, la declaración de los agraviados y testigos presenciales tiene entidad para ser utilizada en la configuración de una sentencia condenatoria –constituye una prueba directa–. Para su apreciación, existen criterios orientativos, de seguridad y racionalidad que, epistemológicamente, se requieren para confirmar un fallo condenatorio. La versión del agraviado o testigo presencial debe ser coherente y circunstanciada, y ésta, además, debe estar ausente de móviles espurios (ausencia de incredibilidad) y ha de estar rodeada de elementos objetivos periféricos de carácter externo (verosimilitud). También se plantea que la declaración incriminadora sea persistente. ∞ Ahora bien, no todos estos factores o criterios deben concurrir. Algunos pueden obviarse. Por ejemplo, la persistencia puede descartarse si se advierte que la retractación no tiene bases objetivas de consolidación, aunque siempre ha de exigirse el factor o criterio de corroboración periférica, el cual no supone una aditiva prueba complementaria, pues en tal caso sobraría la declaración de la víctima –se trata de datos que refuerzan las declaraciones de la víctima, de modo que le otorgan verosimilitud y credibilidad– (Sentencia del Tribunal Supremo Español 585/2014, de catorce de julio). En el sub-lite se cuenta con esta corroboración externa, a tenor no solo de la intervención policial y declaración de los efectivos policiales, sino también de la tenencia del arma de fuego utilizada para el robo y el indicio complementario de intento de fuga, en concordancia con las actas de reconocimiento personal. ∞ La valoración de las pruebas en delitos de clandestinidad en que la víctima o un tercero son los únicos testigos presenciales no vulneró doctrina jurisprudencial alguna y, menos, la garantía de presunción de inocencia como regla de prueba. ∞ Por consiguiente, no se inobservaron las garantías de presunción de inocencia y de motivación, ni en materia probatoria se quebrantó precepto procesal alguno. Tampoco se produjo un indebido apartamiento de la doctrina jurisprudencial establecida por el Acuerdo Plenario 2-2005/CJ-116. (F. 5)

Descarga la resolución AQUÍ

Destacados

Últimos artículos

Nueva sentencia con motivación en serie excluye a locadores con vínculo vigente de la protección de la Ley N.° 24041 | Motivación en Serie N° 07-2026-3SDCST

septiembre 23, 2026
imagaa

Corte Suprema fija reglas vinculantes sobre la competencia del juez laboral en casos de responsabilidad civil | Casación N° 25213-2024

septiembre 19, 2026
palacio

Servidores con vínculo laboral encubierto no tendrán protección de la Ley 24041 según criterio vinculante de la Corte Suprema

agosto 19, 2026
Diseño sin título (57)

Gobierno aprueba nueva escala remunerativa de los trabajadores del Poder Judicial | Decreto Supremo N°162-2026-EF

agosto 19, 2026
MJ

Artículos relacionados

banner-interno-convenio-arbitral-organizacion-del-proceso-y-laudo (1)

El recurso de anulación del laudo, no debe suponer jamás un pronunciamiento sobre el fondo de la controversia pues ello sobrepasa los alcances de dicho mecanismo | CASACIÓN Nº 2055-2017 LIMA

noviembre 26, 2022
Leer más...
DN3IRFUKBZG4JCRBUZMRKENYPU (1)

Tratándose de un caso de comisión de delitos contra el orden constitucional detectados en flagrancia y por un gobernante de facto no es de aplicación el procedimiento de antejuicio | EXP. N.° 01803-2023-PHC/TC

abril 2, 2024
Leer más...
salidas-profesionales-abogados-e1623432960351 (1)

En los procesos laborales el Estado puede ser condenado al pago de costos procesales | CASACIÓN LABORAL Nº 15063-2017 LIMA

enero 25, 2023
Leer más...
batalla_de_junixn1

Nuevo feriado nacional: Declaran el 06 de agosto, día de la batalla de Junín, como feriado no laborable | LEY Nº 31530

julio 26, 2022
Leer más...