Valor probatorio de la declaración del agraviado y testigos en el delito de robo░ CASACIÓN N.° 1326-2018/ICA

FUNDAMENTO RESALTANTE:

Que cuando se trata de delitos de clandestinidad, uno de los cuales es el delito de robo con agravantes –se trata de una clasificación o tipología relativa al contexto de la comisión típica en que el delito se perpetra en ausencia de testigos o terceras personas–, la declaración de los agraviados y testigos presenciales tiene entidad para ser utilizada en la configuración de una sentencia condenatoria –constituye una prueba directa–. Para su apreciación, existen criterios orientativos, de seguridad y racionalidad que, epistemológicamente, se requieren para confirmar un fallo condenatorio. La versión del agraviado o testigo presencial debe ser coherente y circunstanciada, y ésta, además, debe estar ausente de móviles espurios (ausencia de incredibilidad) y ha de estar rodeada de elementos objetivos periféricos de carácter externo (verosimilitud). También se plantea que la declaración incriminadora sea persistente. ∞ Ahora bien, no todos estos factores o criterios deben concurrir. Algunos pueden obviarse. Por ejemplo, la persistencia puede descartarse si se advierte que la retractación no tiene bases objetivas de consolidación, aunque siempre ha de exigirse el factor o criterio de corroboración periférica, el cual no supone una aditiva prueba complementaria, pues en tal caso sobraría la declaración de la víctima –se trata de datos que refuerzan las declaraciones de la víctima, de modo que le otorgan verosimilitud y credibilidad– (Sentencia del Tribunal Supremo Español 585/2014, de catorce de julio). En el sub-lite se cuenta con esta corroboración externa, a tenor no solo de la intervención policial y declaración de los efectivos policiales, sino también de la tenencia del arma de fuego utilizada para el robo y el indicio complementario de intento de fuga, en concordancia con las actas de reconocimiento personal. ∞ La valoración de las pruebas en delitos de clandestinidad en que la víctima o un tercero son los únicos testigos presenciales no vulneró doctrina jurisprudencial alguna y, menos, la garantía de presunción de inocencia como regla de prueba. ∞ Por consiguiente, no se inobservaron las garantías de presunción de inocencia y de motivación, ni en materia probatoria se quebrantó precepto procesal alguno. Tampoco se produjo un indebido apartamiento de la doctrina jurisprudencial establecida por el Acuerdo Plenario 2-2005/CJ-116. (F. 5)

Descarga la resolución AQUÍ

Destacados

Últimos artículos

Debe pagarse la indemnización vacacional aun cuando el goce sea parcial | Casación Laboral N.º 9741-2023 Lim

abril 30, 2026
MJ

Despido por injuria en redes sociales: posturas contrapuestas de la Corte Suprema peruana

abril 30, 2026
erer

Empleador debe pagar la indemnización vacacional si el trabajador goza de forma extemporánea de sus vacaciones | Casación Laboral N.º 13741-2015 Lima

abril 29, 2026
sefsfs

¿El empleador puede acceder a la computadora asignada al trabajador o viola su privacidad? | Casación Laboral N.° 09645-2018, Lima Este

abril 28, 2026
sdgsdgsdf

Artículos relacionados

JUEGOS 2010 JRP   01/29/09   Mayaguez    En Mayaguez varias instalaciones de los juegos de Mayaguez 2010 que en el dia de hoy se pudo en entredicho la posibilidad de que no se logren .   En la foto ;  Jose Pratts trabaja alambrando ( amarrando ) varillas en lo que seran asientos en la piscina   ©  Jorge A Ramirez Portela  .  STAFF .  El Nuevo Dia Inc  piscina natacion olimpica clavado construccion varillaje obreros

Sí es procedente la reposición de un trabajador que realiza función pública pero que no forme parte de la administración pública ░CASACIÓN 21082-2017-CAJAMARCA

enero 8, 2020
Leer más...
BeFunky-collage (59)

Trabajadores con suspensión perfecta que ganen menos de S/ 2, 400 percibirán subsidio del estado por S/ 760 soles ▎DECRETO DE URGENCIA Nº 072-2020

junio 24, 2020
Leer más...
lecaros

José Luis Lecaros: Poder Judicial no ha paralizado durante emergencia y realizó 20 mil audiencias en todo el país

mayo 28, 2020
Leer más...
tcc

TC reactiva a partir del 12 de junio de 2020 el cómputo de los plazos procesales exclusivamente en los procesos de inconstitucionalidad y competenciales ▎RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 071-2020-P/TC

junio 11, 2020
Leer más...