¿Trabajador debe ejercer su derecho de defensa previo a una sanción disciplinaria distinta al despido? | Casación Laboral N.º 14501-2019 Ica

FUNDAMENTOS DESTACADOS:

Décimo sétimo. De las causales descritas en el reglamento interno, este Colegiado Supremo no advierte cómo es que el trabajador al incumplir sus “obligaciones” ha quebrantado la buena fe laboral, menos aún que éste haya hecho resistencia a las órdenes impartidas por su empleador, o que haya paralizado labores de manera intempestiva, o que el incendio se haya ocasionado por la concurrencia del trabajador en estado de ebriedad, de modo que, la tipificación de las causales de sanción difieren en su totalidad de los hechos ocurridos y narrados en autos.

Sin perjuicio de lo antes expuesto, es de resaltar a su vez que los hechos que han dado lugar a la sanción disciplinaria impuesta al actor, revisten un cierto grado de complejidad en tanto los actos investigatorios efectuados por la empresa demandada, han denotado que son varias las áreas y trabajadores responsables de las actividades que generaron el incidente [véase fojas sesenta a setenta y uno], ello conlleva a colegir que puede haber existido algún tipo de responsabilidad por parte del demandante; empero, dicha situación no es del todo clara, ya que las causales atribuidas al demandante no contemplan los hechos que se le inculpan, asimismo, tampoco se observa que la demandada haya cumplido con informar al demandante de forma previa a la sanción los hechos que se le responsabiliza, a fin que este pueda hacer ejercicio de su derecho a la defensa, en ese sentido, la sanción le es impuesta sin que medie el debido proceso. Por tanto, se evidencia de autos que la sanción impuesta al accionante, se realizó en clara transgresión a los lineamientos legales que deben concurrir para el ejercicio de la facultad sancionatoria de la empleadora, hecho que acarrea la invalidez de la sanción de suspensión impuesta, por constituir un acto que carece de legalidad.

En consecuencia, y conforme a lo expuesto, se verifica que la Sala Superior no ha incurrido en la infracción normativa que se denuncia, deviniendo en infundada.

Destacados

Últimos artículos

Reglamentan protección contra el despido de trabajadores con diagnóstico de cáncer, su tratamiento y los efectos derivados | Decreto Supremo N° 008-2026-TR

junio 5, 2026
Copia de Texto del párrafo - 2025-08-14T222836.604

Corte Suprema fija novísima doctrina jurisprudencial sobre el pago de horas extras | Casación 36773-2023 La Libertad

mayo 27, 2026
Diseño sin título (58)

Emiten nueva doctrina jurisprudencial sobre los supuestos de inaplicación del precedenteHuatuco | Casación Laboral N.º 11090-2023 La Libertad

mayo 20, 2026
MJ

Declaran el 27 de julio del 2026 día no laborable | Decreto Supremo N° 075-2026-PCM

mayo 16, 2026
eee

Artículos relacionados

000102222M (1)

Publican D.U que autoriza el pago del bono extraordinario de S/ 200 para los trabajadores 276, personal de salud, Policía, FF.AA, entre otros

diciembre 27, 2022
Leer más...
Copia de Texto del párrafo (5)

Congreso modifica forma de cálculo de las utilidades de los trabajadores

marzo 21, 2025
Leer más...
MJ

¿Puede heredarse un puesto de trabajo por convenio colectivo? | Casación N.° 40547-2022 Del Santa 

abril 24, 2026
Leer más...
Texto del párrafo (93)

Autorizan el pase al régimen del Decreto Legislativo N° 728 de los servidores contratados bajo el régimen CAS en esta entidad | Ley de Presupuesto 2025

diciembre 3, 2024
Leer más...