Prueba indiciaria que, como ha señalado este Tribunal Supremo en reiterada jurisprudencia, no es una actividad probatoria, sino un método | CASACIÓN N° 1873 -2021 - ICA

RAZÓN DE LA DECISIÓN: (…) Prueba indiciaria que, como ha señalado este Tribunal Supremo en reiterada jurisprudencia, no es una actividad probatoria, sino un método. Es un razonamiento en virtud del cual, partiendo de un hecho que está probado —propiamente, de una cadena de indicios—, se llega a la consecuencia de la existencia de otro hecho —se llega a deducir—, que es el supuesto fáctico de la norma (del tipo delictivo), atendiendo al nexo lógico existente entre los dos hechos. La conclusión judicial debe quedar motivada suficientemente, especialmente el enlace entre hecho base y hecho consecuencia, mediante un juicio racional, coherente y lógico, no arbitrario y excluyente de todo subjetivismo. (F. 9.).

ORDEN LÓGICO DE LA SENTENCIA 

HECHOS DERECHO CONCLUSIÓN
(…) Con relación a este cuestionamiento, debemos tener en cuenta que la boleta se admitió y actuó en copia, por lo que se infiere que en el original consta el DNI y firma del remitente de la droga [sic].

 

No obstante, dicho razonamiento resulta subjetivo, en tanto en cuanto, tal como lo sostiene el propio ad quem, solo se admitió y actuó en juicio oral copia de la Boleta Electrónica n.o 00005050-2019. Sin embargo, este error en la conclusión respecto a uno de los extremos de la imputación, por sí solo, no puede determinar la nulidad de la sentencia de apelación, esta opera cuando se incurre en una falta de aptitud para producir los efectos que le son propios, esto es, si presentó un vicio o defecto que le impide y es causa de su invalidez. La norma procesal infringida debe ser de tipo invalidante, o sea, de una naturaleza tal que su infracción conlleve la nulidad (F. 12.)

–   Acuerdo Plenario n.o 06-2011/CJ-116

–   Recurso de Nulidad n.o 1912-2005/Piura

–  Artículo158, inciso 3, del CPP

Por lo expuesto, no se evidencia que las sentencias hayan sido expedidas con falta de motivación o manifiesta ilogicidad en la motivación; por tanto, corresponde desestimar el recurso de casación presentado por el recurrente. (F. 13.)

DESCARGA LA SENTENCIA AQUÍ


Únete a nuestro grupo de Derecho Penal y no te pierdas ninguna jurisprudencia: https://chat.whatsapp.com/K0qjx8lis4N8XBYDi4qJ73

 

Destacados

Últimos artículos

Nueva sentencia con motivación en serie excluye a locadores con vínculo vigente de la protección de la Ley N.° 24041 | Motivación en Serie N° 07-2026-3SDCST

septiembre 23, 2026
imagaa

Corte Suprema fija reglas vinculantes sobre la competencia del juez laboral en casos de responsabilidad civil | Casación N° 25213-2024

septiembre 19, 2026
palacio

Servidores con vínculo laboral encubierto no tendrán protección de la Ley 24041 según criterio vinculante de la Corte Suprema

agosto 19, 2026
Diseño sin título (57)

Gobierno aprueba nueva escala remunerativa de los trabajadores del Poder Judicial | Decreto Supremo N°162-2026-EF

agosto 19, 2026
MJ

Artículos relacionados

APELACIÓN N° 13-2019 SALA PENAL ESPECIAL

EN EL DELITO DE NEGOCIACIÓN INCOMPATIBLE, EL VERBO RECTOR ES “INTERESARSE”

marzo 18, 2022
Leer más...
BeFunky-collage (82)

Disponen la suspensión de labores en los despachos fiscales de la provincia de Cajamarca, distrito fiscal de Cajamarca, así como las provincias de Jaén y San Ignacio, distrito fiscal de Lambayeque, y de la provincia de La Convención, distritos fiscales de Ayacucho y Cusco ▎RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 819-2020-MP-FN

julio 28, 2020
Leer más...
REV DE SENTENCIA NCPP N.° 280-2020 LIMA NORTE

REVISIÓN DE SENTENCIA: EL ARGUMENTO DEL ACCIONANTE EN LA DEMANDA, ASÍ COMO LA PRUEBA DOCUMENTAL QUE LA ACOMPAÑE, DEBE SER SUFICIENTEMENTE SÓLIDO, CON VOCACIÓN PARA ABATIR LA SENTENCIA FIRME

marzo 22, 2022
Leer más...
000013352M (1)

Se necesita que exista extinción de las relaciones laborales e incumplimiento de las obligaciones con los trabajadores para ejercer la acción persecutoria de los bienes del empleador | CAS. LAB. N° 20159-2017 MOQUEGUA

noviembre 26, 2022
Leer más...