Prueba indiciaria que, como ha señalado este Tribunal Supremo en reiterada jurisprudencia, no es una actividad probatoria, sino un método | CASACIÓN N° 1873 -2021 - ICA

RAZÓN DE LA DECISIÓN: (…) Prueba indiciaria que, como ha señalado este Tribunal Supremo en reiterada jurisprudencia, no es una actividad probatoria, sino un método. Es un razonamiento en virtud del cual, partiendo de un hecho que está probado —propiamente, de una cadena de indicios—, se llega a la consecuencia de la existencia de otro hecho —se llega a deducir—, que es el supuesto fáctico de la norma (del tipo delictivo), atendiendo al nexo lógico existente entre los dos hechos. La conclusión judicial debe quedar motivada suficientemente, especialmente el enlace entre hecho base y hecho consecuencia, mediante un juicio racional, coherente y lógico, no arbitrario y excluyente de todo subjetivismo. (F. 9.).

ORDEN LÓGICO DE LA SENTENCIA 

HECHOSDERECHOCONCLUSIÓN
(…) Con relación a este cuestionamiento, debemos tener en cuenta que la boleta se admitió y actuó en copia, por lo que se infiere que en el original consta el DNI y firma del remitente de la droga [sic].

 

No obstante, dicho razonamiento resulta subjetivo, en tanto en cuanto, tal como lo sostiene el propio ad quem, solo se admitió y actuó en juicio oral copia de la Boleta Electrónica n.o 00005050-2019. Sin embargo, este error en la conclusión respecto a uno de los extremos de la imputación, por sí solo, no puede determinar la nulidad de la sentencia de apelación, esta opera cuando se incurre en una falta de aptitud para producir los efectos que le son propios, esto es, si presentó un vicio o defecto que le impide y es causa de su invalidez. La norma procesal infringida debe ser de tipo invalidante, o sea, de una naturaleza tal que su infracción conlleve la nulidad (F. 12.)

–   Acuerdo Plenario n.o 06-2011/CJ-116

–   Recurso de Nulidad n.o 1912-2005/Piura

–  Artículo158, inciso 3, del CPP

Por lo expuesto, no se evidencia que las sentencias hayan sido expedidas con falta de motivación o manifiesta ilogicidad en la motivación; por tanto, corresponde desestimar el recurso de casación presentado por el recurrente. (F. 13.)

DESCARGA LA SENTENCIA AQUÍ


Únete a nuestro grupo de Derecho Penal y no te pierdas ninguna jurisprudencia: https://chat.whatsapp.com/K0qjx8lis4N8XBYDi4qJ73

 

Destacados

Últimos artículos

Poder Judicial otorgará bono a servidores jurisdiccionales

julio 16, 2025
Copia de Texto del párrafo (56)

Precedente TFL: Presupuestos para considerar no punibles conductas ante la demora en responder requerimientos de información | Resolución Nº 005-2025-SUNAFIL/TFL

julio 16, 2025
Copia de Texto del párrafo (36)

Nuevo arancel judicial para copias de grabación de audiencias: Costo será de S/ 18.00

julio 16, 2025
Copia de Texto del párrafo (5)

Nuevo precedente: Inspectores pueden determinar relación laboral encubierta | Resolución Nº 004-2025-SUNAFIL/TFL

julio 16, 2025
Copia de Texto del párrafo (94)

Artículos relacionados

BeFunky-collage (26)

SUNAFIL aprueba el protocolo sobre el ejercicio de la inspección del trabajo, dentro del marco de la declaratoria de emergencia sanitaria

junio 17, 2020
Leer más...
CASACIÓN N.º 291-2020 PIURA

CAS N.º 291-2020/PIURA: El inicio del cómputo de plazo de la pena suspendida

abril 22, 2022
Leer más...
img_20955 (1)

El análisis de la aplicación del principio de confianza exige, desde luego, que no se presenten determinadas circunstancias que la excluyan | CASACIÓN N.° 1546-2019 PIURA

noviembre 21, 2022
Leer más...
depositphotos_13197920-stock-photo-wooden-gavel-and-book-on (1)

Para declarar fundada la excepción de cosa juzgada no solo basta la identidad en la persona | CASACIÓN N.° 1763-2018- AYACUCHO

octubre 18, 2022
Leer más...
Abrir chat
1
Bienvenido al servicio de mensajería de la revista de jurisprudencia laboral, ¿en qué te podemos ayudar?
Mantente actualizado en nuestro grupo de whatsApp con todas las novedades del derecho del trabajo
Únete a nuestro grupo de whatsApp