¿La sola voluntad del sindicato es suficiente para que el empleador esté obligado a acudir al arbitraje? ▎EXP. N.° 04131-2016-PA CALLAO

RAZÓN DE LA DECISIÓN:

Del análisis del caso de autos, se desprende que la «amenaza» que sustentaría la pretensión de la parte recurrente no cumple con tales requisitos en la medida en que no puede ser calificada como cierta e inminente. No es cierta por cuanto la empresa demandante arguye como sustento de la afirmación de la presunta amenaza especulaciones subjetivas, sin tomar en consideración que tanto el arbitraje potestativo como los actos considerados como violatorios del principio de buena fe en un proceso de negociación se encuentran legalmente regulados, ypueden ser invocados por cualquiera de las partes. Además, del expediente no se observa la existencia de actos por parte del sindicato emplazado que siquiera indiquen la posibilidad de una amenaza. Tampoco se ha acreditado en el presente proceso que la alegada amenaza sea de realización inminente, por cuanto no se ha demostrado que exista un acto que implique algún perjuicio efectivo a la parte demandante y que incuestionablemente afectará alguno de sus derechos constitucionales.El hecho de que las normas cuestionadas contengan «un procedimiento expeditivo, breve y de realización inmediata, tanto en su inicio como en su desarrollo», como afirma la empresa recurrente en su escrito de demanda, no constituye, per se, una amenaza cierta ni inminente de violación de sus derechos constitucionales, más aún si se tiene en cuenta queen uniforme y reiterada jurisprudencia este Tribunal ha confirmado que el arbitraje potestativo constituye un mecanismo extrajudicial válido de solución de controversias laborales; motivo por el cual corresponde desestimar la demanda.

DESCARGA EL PDF AQUI

Siguenos en facebook como MAGAZIN JURISPRUDENCIAL y enterate de lo mas reciente y relevante jurisprudencia

Destacados

Últimos artículos

Reglamentan protección contra el despido de trabajadores con diagnóstico de cáncer, su tratamiento y los efectos derivados | Decreto Supremo N° 008-2026-TR

junio 5, 2026
Copia de Texto del párrafo - 2025-08-14T222836.604

Corte Suprema fija novísima doctrina jurisprudencial sobre el pago de horas extras | Casación 36773-2023 La Libertad

mayo 27, 2026
Diseño sin título (58)

Emiten nueva doctrina jurisprudencial sobre los supuestos de inaplicación del precedenteHuatuco | Casación Laboral N.º 11090-2023 La Libertad

mayo 20, 2026
MJ

Declaran el 27 de julio del 2026 día no laborable | Decreto Supremo N° 075-2026-PCM

mayo 16, 2026
eee

Artículos relacionados

064106_1308065 (1)

Confirman resolución que declara infundado tutela de derechos presentado por Pedro Castillo | Apelación 131-2022

noviembre 21, 2022
Leer más...
000874489W (1)

¿Cuándo será la apertura del año judicial 2023?

diciembre 29, 2022
Leer más...
3ELUXGXI7FHDBC54JI6FE6RKSQ (1)

La carga de la prueba del descanso vacacional corresponde al empleador | CASACIÓN LABORAL Nº 17284-2018 LIMA

noviembre 23, 2022
Leer más...
675876832 (1)

No corresponde rechazar la demanda si las diez pretensiones principales acumuladas reúnen los requisitos de la acumulación regulados en la Ley | CAS 2652 – 2017-ICA

julio 29, 2022
Leer más...