La carga de la prueba del descanso vacacional corresponde al empleador | CASACIÓN LABORAL Nº 17284-2018 LIMA

RAZÓN DE LA DECISIÓN: “De acuerdo a lo expuesto y al no haber probado la demandada que el actor gozó del descanso vacacional por el período reclamado; se evidencia que el Colegiado Superior no ha incurrido en causal de inaplicación del el artículo 20° del Decreto Legislativo N° 713, al amparar el pago de vacaciones reclamadas por el actor, por lo que no cumplió con la obligación legal prevista en la norma mencionada, así como el pago de la remuneración correspondiente; situación diferente hubiera sido en el caso en que el empleador hubiera demostrado que otorgó vacaciones, ante lo cual el trabajador sí estaba obligado a acreditar que trabajó en el periodo programado para vacaciones.” (F. 16)

 BASE SUPRANACIONAL DEL DERECHO DE VACACIONES

El descanso vacacional es un derecho fundamental que se encuentra previsto a un nivel supranacional en el inciso 1) del artículo 2° del Convenio N° 52 1 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), así como en el numeral 1) del artículo 3° del Convenio N° 132 de la mencionada Organización, de los cuales se puede desprender que todo trabajador tiene protección de su derecho al descanso físico después del servicio prestado a su empleador. (F. 11)

ORDEN LÓGICO DE LA SENTENCIA

HECHOFUNDAMENTO JURÍDICOCONCLUSIÓN
Determinar si corresponde al demandante el pago de remuneración vacacional, vacaciones no gozadas e indemnización vacacional respecto al periodo que comprende desde el año mil novecientos noventa y cuatro hasta el dos mil cuatro.

 

 

Inciso 2) del artículo 27° de la Ley N° 26636De acuerdo a lo expuesto y al no haber probado la demandada que el actor gozó del descanso vacacional por el período reclamado; se evidencia que el Colegiado Superior no ha incurrido en causal de inaplicación del artículo 20° del Decreto Legislativo N° 713, al amparar el pago de vacaciones reclamadas por el actor, por lo que no cumplió con la obligación legal prevista en la norma mencionada, así como el pago de la remuneración correspondiente; situación diferente hubiera sido en el caso en que el empleador hubiera demostrado que otorgó vacaciones, ante lo cual el trabajador sí estaba obligado a acreditar que trabajó en el periodo programado para vacaciones.

DESCARGA LA SENTENCIA AQUÍ


¿Quieres mantenerte actualizado con la jurisprudencia tener acceso preferente y gratuito a nuestra revista de la materia?

Únete a nuestros grupos de whatsapp o telegram:

Grupo Magazín Civil:

Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/F8F6cej3xNTEf4KTGNQhxi
Telegram: https://t.me/+XAXu6nOYg95iMzIx

Grupo Magazín Laboral:
Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/JWRksnp0EYoLwQZ3aQrYfE
Telegram: https://t.me/+O91zHqFEV8MxYjdh

Grupo Magazín Penal:
Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/K0qjx8lis4N8XBYDi4qJ73
Telegram: https://t.me/+4H4j4ZlWxVYwYWMx

Grupo Magazín Constitucional:

Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/IcznZ5TR6581ANsUz3qkvH

Destacados

Últimos artículos

Aplican criterio de ausencia de increbilidad subjetiva para justificar despido por hostigamiento sexual  | Casación N.° 41977-2022 Tacna

noviembre 13, 2025
Diseño sin título (31)

Contrato por inicio de una nueva actividad se desnaturaliza si excede los 3 años | Casación N.° 12429-2023 Sullana

noviembre 12, 2025
Copia de Texto del párrafo - 2025-08-22T215748.435

Corte Suprema reconoce aplicación del petitorio implícito en un caso de reposición por despido incausado | Casación N.º 15423-2023  La Libertad

noviembre 12, 2025
Copia de Texto del párrafo (64)

El régimen CAS será válido siempre que no signifique la desmejora de la condición laboral ganada por el trabajador | Casación N.° 2651-2019 La Libertad

noviembre 10, 2025
Diseño sin título (26)

Artículos relacionados

IMG_9526.1(2)

Texto actualizado del Código Procesal Constitucional – PDF 2022

julio 19, 2022
Leer más...
000359432W (1)

La norma solo fija la temporalidad del planteamiento acusatorio complementario al juicio oral y establece como límite máximo que este se presente antes de la culminación del debate probatorio | CASACIÓN N.° 1504-2018 LAMBAYEQUE

octubre 14, 2022
Leer más...
IMG-20220323-WA0013-Francisco-Asorey-Hracek (1)

La limitación al principio de congruencia se encuentra en el aspecto fáctico y no el aspecto típico | CAS 1274-2018 LAMBAYEQUE

agosto 15, 2022
Leer más...
injuria (1)

La difamación por redes sociales se sanciona hasta con 3 años de cárcel

enero 19, 2023
Leer más...
Mantente actualizado en nuestro grupo de whatsApp con todas las novedades del derecho del trabajo
Únete a nuestro grupo de whatsApp