Hasta el miércoles 28 es el plazo de inscripción de postulantes al Tribunal Constitucional

Los postulantes a ocupar las plazas vacantes de magistrados al Tribunal Constitucional (TC) pueden inscribirse hasta este miércoles 28, según el cronograma aprobado por la Comisión Especial que preside el legislador Rolando Ruiz Pinedo (AP).

Para tal efecto, deberán presentar una carpeta de inscripción. “Esta presentación puede realizarse de manera presencial ante la Comisión Especial o a través de los medios electrónicos que disponga la Comisión Especial”, dice el Reglamento que regirá el proceso de selección.

Si el postulante decide presentarla de manera física, debe hacerlo con toda la documentación requerida, debidamente foliada, en sobre cerrado, a la siguiente dirección: Palacio Legislativo, Plaza Bolívar s/n Tercer piso, oficina 338. Horario: de 9:00 a. m. a 5:00 p. m.

Si lo quiere hacer vía correo electrónico, debe entregarlo con toda la documentación solicitada, debidamente foliada, y remitida en formato PDF a la siguiente dirección electrónica: comisionespecialtc@congreso.gob.pe.

Entre los documentos que debe contener la carpeta de inscripción están los siguientes: ficha de inscripción (debidamente llenada), hoja de vida documentada, copia del título profesional o grado académico inscrito en la Superintendencia Nacional de Educación Universitaria (Sunedu), tratándose de título obtenido en el extranjero, este debe estar reconocido, revalidado o convalidado ante dicha superintendencia.

Del mismo modo, copias fedateadas por el fedatario del Congreso de la República, o si el postulante lo prefiere legalizadas notarialmente, de las constancias o certificados que acrediten su experiencia profesional; constancia original expedida por el colegio de abogados en el que se encuentre inscrito, que acredite su fecha de incorporación y que se encuentra habilitado para ejercer la profesión.

Además, para verificar el cumplimiento de los requisitos de proyección profesional y personal se presenta declaración jurada de lo siguiente: no ser objeto de investigación preparatoria ni tener condena penal por delito doloso; no haber sido declarado judicialmente en estado de quiebra culposa o fraudulenta; no haber sido destituido o separado de la carrera judicial o del Ministerio Público por medida disciplinaria.

También, no haber sido inhabilitado como abogado por sentencia judicial o por resolución del Congreso de la República; no encontrarse sancionado con suspensión por falta grave, separado definitivamente o expulsado de un colegio profesional, y no haber ejercido cargos políticos o de confianza en gobiernos de facto.

Así mismo, para verificar el cumplimiento del requisito de solvencia e idoneidad moral se presenta declaración jurada de no registrar antecedentes penales, judiciales ni policiales ni haber sido destituido de la administración pública ni haber sido objeto de despido en la actividad privada por falta grave; no encontrarse registrado en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles (RNSSC) de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), entre otros.

Puede consultar más detalles sobre el proceso y sobre los formatos de la carpeta de inscripción en el portal de la Comisión Especial: http://www.congreso.gob.pe/comisiones2020/CE-Tribunal-Constitucional/

Fuente: Congreso

Destacados

Últimos artículos

Nueva sentencia con motivación en serie excluye a locadores con vínculo vigente de la protección de la Ley N.° 24041 | Motivación en Serie N° 07-2026-3SDCST

septiembre 23, 2026
imagaa

Corte Suprema fija reglas vinculantes sobre la competencia del juez laboral en casos de responsabilidad civil | Casación N° 25213-2024

septiembre 19, 2026
palacio

Servidores con vínculo laboral encubierto no tendrán protección de la Ley 24041 según criterio vinculante de la Corte Suprema

agosto 19, 2026
Diseño sin título (57)

Gobierno aprueba nueva escala remunerativa de los trabajadores del Poder Judicial | Decreto Supremo N°162-2026-EF

agosto 19, 2026
MJ

Artículos relacionados

BeFunky-collage (27)

Proponen que la inspección laboral se extienda a los trabajadores del sector público ▎Proyecto de Ley 6224/2020-CR

septiembre 17, 2020
Leer más...
amparo contra amparo

¿Cuándo acudir a la vía ordinaria o a la vía constitucional en el caso de la vulneración del derecho al trabajo? ░ EXP. N.° 05418-2016-PA/TC

febrero 3, 2020
Leer más...
IMG-20240411-WA0023

Pleno del Congreso aprobó el retiro de las 4 UIT del fondo de pensión de la AFP

abril 12, 2024
Leer más...
Congreso_pleno (1)

Congreso aprueba por insistencia autógrafa de Ley que promueve derechos laborales del trabajador social

julio 14, 2022
Leer más...