ESSALUD APRUEBA DIRECTIVA PARA FACILITAR TRÁMITES Ventanilla Integral Virtual del asegurado. La información proporcionada mediante VIVA tendrá el carácter de declaración jurada.

Por: Jorge Ramirez Rios

En esta pandemia del coronavirus los trámites por internet que se efectúan ante las instituciones públicas y privadas adquieren cada día mayor importancia en el servicio a la población, tal como lo demuestra Essalud que aprobó la directiva ‘Funcionamiento y Control de la Ventanilla Integrada Virtual del Asegurado-VIVA’ para mejorar el acceso y la oportunidad de atención de los trámites de aseguramiento.

La Resolución de Gerencia General N° 999-GG-Essalud-2020 precisa que la plataforma se orienta a facilitar al asegurado o al representante de la entidad empleadora la gestión de transacciones de seguros, solicitudes de prestaciones económicas, rehabilitaciones de expedientes de prestaciones económicas, consulta de información disponible en Essalud, así como la validación de certificado médico particular.

Registro

Así, la directiva establece que el registro del asegurado de salud o del representante de la entidad empleadora como usuario de VIVA requiere de la selección de una oficina de seguros y prestaciones económicas (Ospe), la que debe ser la más cercana a su domicilio en el caso del asegurado y si se trata del representante de la entidad empleadora la más próxima al centro de labores correspondiente.

Las transacciones de seguros que se pueden efectuar por la Ventanilla Integrada Virtual del Asegurado son la inscripción y baja de asegurados derechohabientes (cónyuge o concubino (a), hijo menor de edad e hijo mayor incapacitado con discapacidad total y permanente para el trabajo) y acreditación complementaria, así como la inscripción y baja de madre gestante de hijo extramatrimonial.

En esta pandemia del coronavirus los trámites por internet que se efectúan ante las instituciones públicas y privadas adquieren cada día mayor importancia en el servicio a la población, tal como lo demuestra Essalud que aprobó la directiva ‘Funcionamiento y Control de la Ventanilla Integrada Virtual del Asegurado-VIVA’ para mejorar el acceso y la oportunidad de atención de los trámites de aseguramiento.

La Resolución de Gerencia General N° 999-GG-Essalud-2020 precisa que la plataforma se orienta a facilitar al asegurado o al representante de la entidad empleadora la gestión de transacciones de seguros, solicitudes de prestaciones económicas, rehabilitaciones de expedientes de prestaciones económicas, consulta de información disponible en Essalud, así como la validación de certificado médico particular.

Registro

Así, la directiva establece que el registro del asegurado de salud o del representante de la entidad empleadora como usuario de VIVA requiere de la selección de una oficina de seguros y prestaciones económicas (Ospe), la que debe ser la más cercana a su domicilio en el caso del asegurado y si se trata del representante de la entidad empleadora la más próxima al centro de labores correspondiente.

Las transacciones de seguros que se pueden efectuar por la Ventanilla Integrada Virtual del Asegurado son la inscripción y baja de asegurados derechohabientes (cónyuge o concubino (a), hijo menor de edad e hijo mayor incapacitado con discapacidad total y permanente para el trabajo) y acreditación complementaria, así como la inscripción y baja de madre gestante de hijo extramatrimonial.

FUENTE: PORTAL DIARIO OFICIAL EL PERUANO

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