ESSALUD APRUEBA DIRECTIVA PARA FACILITAR TRÁMITES Ventanilla Integral Virtual del asegurado. La información proporcionada mediante VIVA tendrá el carácter de declaración jurada.

Por: Jorge Ramirez Rios

En esta pandemia del coronavirus los trámites por internet que se efectúan ante las instituciones públicas y privadas adquieren cada día mayor importancia en el servicio a la población, tal como lo demuestra Essalud que aprobó la directiva ‘Funcionamiento y Control de la Ventanilla Integrada Virtual del Asegurado-VIVA’ para mejorar el acceso y la oportunidad de atención de los trámites de aseguramiento.

La Resolución de Gerencia General N° 999-GG-Essalud-2020 precisa que la plataforma se orienta a facilitar al asegurado o al representante de la entidad empleadora la gestión de transacciones de seguros, solicitudes de prestaciones económicas, rehabilitaciones de expedientes de prestaciones económicas, consulta de información disponible en Essalud, así como la validación de certificado médico particular.

Registro

Así, la directiva establece que el registro del asegurado de salud o del representante de la entidad empleadora como usuario de VIVA requiere de la selección de una oficina de seguros y prestaciones económicas (Ospe), la que debe ser la más cercana a su domicilio en el caso del asegurado y si se trata del representante de la entidad empleadora la más próxima al centro de labores correspondiente.

Las transacciones de seguros que se pueden efectuar por la Ventanilla Integrada Virtual del Asegurado son la inscripción y baja de asegurados derechohabientes (cónyuge o concubino (a), hijo menor de edad e hijo mayor incapacitado con discapacidad total y permanente para el trabajo) y acreditación complementaria, así como la inscripción y baja de madre gestante de hijo extramatrimonial.

En esta pandemia del coronavirus los trámites por internet que se efectúan ante las instituciones públicas y privadas adquieren cada día mayor importancia en el servicio a la población, tal como lo demuestra Essalud que aprobó la directiva ‘Funcionamiento y Control de la Ventanilla Integrada Virtual del Asegurado-VIVA’ para mejorar el acceso y la oportunidad de atención de los trámites de aseguramiento.

La Resolución de Gerencia General N° 999-GG-Essalud-2020 precisa que la plataforma se orienta a facilitar al asegurado o al representante de la entidad empleadora la gestión de transacciones de seguros, solicitudes de prestaciones económicas, rehabilitaciones de expedientes de prestaciones económicas, consulta de información disponible en Essalud, así como la validación de certificado médico particular.

Registro

Así, la directiva establece que el registro del asegurado de salud o del representante de la entidad empleadora como usuario de VIVA requiere de la selección de una oficina de seguros y prestaciones económicas (Ospe), la que debe ser la más cercana a su domicilio en el caso del asegurado y si se trata del representante de la entidad empleadora la más próxima al centro de labores correspondiente.

Las transacciones de seguros que se pueden efectuar por la Ventanilla Integrada Virtual del Asegurado son la inscripción y baja de asegurados derechohabientes (cónyuge o concubino (a), hijo menor de edad e hijo mayor incapacitado con discapacidad total y permanente para el trabajo) y acreditación complementaria, así como la inscripción y baja de madre gestante de hijo extramatrimonial.

FUENTE: PORTAL DIARIO OFICIAL EL PERUANO

SÍGUENOS EN FACEBOOK COMO MAGAZIN JURISPRUDENCIAL Y ENTÉRATE DE LO MAS RECIENTE RELEVANTE JURISPRUDENCIA.

Destacados

Últimos artículos

Reglamentan protección contra el despido de trabajadores con diagnóstico de cáncer, su tratamiento y los efectos derivados | Decreto Supremo N° 008-2026-TR

junio 5, 2026
Copia de Texto del párrafo - 2025-08-14T222836.604

Corte Suprema fija novísima doctrina jurisprudencial sobre el pago de horas extras | Casación 36773-2023 La Libertad

mayo 27, 2026
Diseño sin título (58)

Emiten nueva doctrina jurisprudencial sobre los supuestos de inaplicación del precedenteHuatuco | Casación Laboral N.º 11090-2023 La Libertad

mayo 20, 2026
MJ

Declaran el 27 de julio del 2026 día no laborable | Decreto Supremo N° 075-2026-PCM

mayo 16, 2026
eee

Artículos relacionados

BeFunky-collage (95)

Ejecutivo extiende estado de emergencia hasta fines de noviembre

octubre 28, 2020
Leer más...
concurso tc

¿Sabes en que casos procede el amparo contra amparo en materia de reposición laboral? ▎STC 786-2015-PA/TC

julio 26, 2020
Leer más...
BeFunky-collage - 2020-07-22T083227.421

Trabajadores de dirección y confianza recibirían indemnización por despido arbitrario ▎Proyecto de Ley 5802/2020-CR

julio 22, 2020
Leer más...
BeFunky-collage - 2020-09-10T184355.709

TC declara inconstitucional el artículo 63 de la Ley de Reforma Magisterial ▎ Expediente 00023-2018-PI/TC

septiembre 10, 2020
Leer más...