En casos de crimen organizado se duplica plazo de prescripción para altos funcionarios

La jueza suprema integrante de la Sala Penal Especial de la Corte Suprema Inés Villa Bonilla afirmó que en los casos referidos a delitos de criminalidad organizada contra la administración pública o patrimonio del Estado que involucran a altos funcionarios, el plazo de prescripción se duplica.

“En los casos de delitos por criminalidad organizada cometidos por altos funcionarios, cuando está de por medio el patrimonio del Estado, el plazo de acción penal o la prescripción se duplica, por lo que es sumamente difícil que prescriban con eventuales penas máximas”, refirió. 
La prescripción del delito refiere a la extinción o caducidad del derecho a perseguir o sancionar a alguien que delinque, cuando desde la comisión del delito hasta el momento en que se trata de enjuiciarlo se ha cumplido el periodo de tiempo establecido por la ley.
Así lo señaló al explicar el ilícito de criminalidad organizada, tipificado en el artículo 317 del Código Penal, que sanciona los actos de construir, organizar, promover o integrar una organización con carácter estable o tiempo indefinido, de tres o más personas, destinadas a cometer uno o más delitos graves.
“El delito de criminalidad organizada es un delito de muy alta complejidad y sofisticación y tiene como característica la corporatividad y es cometido por diversos agentes o partícipes, con gran impacto político, social y económico y en ciertas expresiones se comete mucha violencia”, sostuvo la jueza suprema.
Debe señalarse que, con respecto a las penas, la criminalidad organizada como delito autónomo (aquel que tiene lugar por sí solo) puede sancionarse hasta con 20 años de cárcel y aumenta cuando coexiste otro delito; así, si concurre sicariato en su forma agravada, se castiga con cadena perpetua.
También sostuvo la expresidenta de la Corte Superior de Justicia Penal Especializada que existen diferentes modalidades de criminalidad organizada como lavado de activos, sicariato, el tráfico ilícito de drogas como los cárteles que exportan estupefacientes, corrupción, trata de personas, entre otras.
“La criminalidad organizada está avanzando de manera galopante en el país, expresada mediante el sicariato, y también se enquista en las entidades públicas, y privadas, en bancos, empresas de construcción, en que te piden dinero, extorsionan y si no cumples, te matan”, señaló.
Villa Bonilla precisó que tienen competencia para conocer estos casos la Corte Superior de Justicia Penal Especializada y si involucran a altos funcionarios del Estado, el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, y revisa las resoluciones de este la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema; en tanto que la Sala Penal Especial, que integra ahora la magistrada, está a cargo del juzgamiento de estos casos.
Además, aclaró las diferencias que existen entre banda criminal y organización criminal:  la primera “tiene una estructura menor y se vincula con la delincuencia urbana y la organización criminal es corporativa e incluso tiene trascendencia internacional, en que cada uno cumple una función como autor, partícipe o cómplice”.
Fuente: Diario El Peruano
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