DETENCIÓN DOMICILIARIA. PRESUPESTOS Y REQUISITOS.

SENTENCIA DE CASACIÓN N. ° 452-2022/NACIONAL

(…)

SÉPTIMO. Que, en cuanto al riesgo de obstaculización, el Tribunal Superior aseveró que el imputado SIMON MUNARO y Salazar Torres tienen vínculos cercanos, al punto que el primero era jefe del segundo; que la conversación por wasap entre ambos fue dos días después de la declaración del colaborador Simões Barata y
fue para tratar temas específicos vinculados a la investigación; que, por tanto, es altamente probable que SIMON MUNARO trató de influir en Salazar Torres para que no declare todo lo que ocurrió cuando se recibió el dinero de Odebrecht para su campaña de reelección.
∞ El artículo 270 del CPP fija algunos criterios básicos para la determinación del peligro de obstaculización. Es específicamente relevante el inciso 2 de dicho precepto. Este numeral hace mención al riesgo razonable que el imputado influirá para que coimputados, testigos o peritos informen falsamente o se comporten de manera desleal o reticente.
Las frases consignadas en los mensajes están expuestas en el vigesimoctavo fundamento jurídico, bajo el rubro “con relación al peligro de obstaculización”, folios treinta y dos a treinta y tres del auto de vista; así como en los folios cuarenta y dos a cuarenta y cuatro del auto de primer grado. Estas frases, sin embargo, no importan de suyo una presión o influencia de Simón Munaro a Salazar Torres, son intercambios de misivas y, en especial, afirmaciones del primero respecto a la declaración de Simões Barata, al silencio guardado por Salazar Torres y a lo que entiende por un posible enfrentamiento que la prensa buscaría entre ellos. En todo caso, no se trata, inequívocamente, de una influencia lesiva al buen orden del proceso y al esclarecimiento de los hechos,
más aún si en ese momento no existía orden alguna de evitar conversaciones entre los imputados. La primacía de la garantía de defensa procesal en estos casos dudosos de diálogos entre coimputados obliga a exigir un dato incuestionable que se está produciendo una presión, un abuso del derecho de defensa. 

(…)

DESCARGA LASENTENCIA AQUÍ

 

 

Destacados

Últimos artículos

La ejecución de pago de beneficios laborales no impide el descuento del impuesto a la renta o aportes previsionales | EXP. N.° 02036-2024-PA/TC

diciembre 10, 2025
Diseño sin título (23)

Congreso aprueba bono de hasta 1750 soles para trabajadores del Poder Judicial

diciembre 5, 2025
Copia de Texto del párrafo - 2025-09-10T205921.230

Más allá de los 5 años, el empleador está obligado a conservar la información relativa al pago de los beneficios sociales | Casación N.° 50625-2022 La Libertad

diciembre 4, 2025
Diseño sin título (35)

Congreso autoriza incorporar a trabajadores CAS indeterminado de EsSalud y Minsa al régimen del D.L 728

diciembre 4, 2025
Copia de Texto del párrafo (74)

Artículos relacionados

BeFunky-collage

Sala Laboral ordena reposición de trabajadora embarazada con cargo de confianza ▎EXP. N° 06763-2018-0-1801-JR-LA-18

octubre 12, 2020
Leer más...
BeFunky-collage (24)

Defensoría del Pueblo solicita aprobación de Convención Interamericana por los Derechos de las Personas Adultas Mayores

junio 17, 2020
Leer más...
6666666666666666666666666666666666666666666

Precisan impacto de los pagos regulares a favor del trabajador

octubre 17, 2022
Leer más...
1200px-Palacio_de_Justicia_del_Perú (1)

Es incongruente la sentencia que utiliza el criterio punitivo como uno de los parámetros para cuantificar la indemnización en la responsabilidad civil extracontractual | CASACIÓN CIVIL 464-2018 LA LIBERTAD

agosto 30, 2022
Leer más...
Mantente actualizado en nuestro grupo de whatsApp con todas las novedades del derecho del trabajo
Únete a nuestro grupo de whatsApp