Desde ahora los plenos jurisdiccionales supremos serán de obligatorio cumplimiento | Ley 31591

El 26 de octubre del 2022 se publicó en el diario oficial El Peruano la Ley 31591, que, entre otras modificaciones, otorga el carácter vinculante a los plenos jurisdiccionales concordados por los jueces de las salas especializadas de la Corte Suprema.

Con la modificación incorporada al artículo 112 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, los plenos jurisdiccionales supremos tendrán carácter vinculante y en caso los jueces decidan apartarse del criterio de la Corte Suprema deberán motivar su resolución.

Ahora, el artículo en mención – vigente desde el día de hoy – queda regulado de la siguiente manera: “Los integrantes de las Salas Especializadas pueden reunirse en plenos jurisdiccionales nacionales, regionales o distritales a fin de concordar jurisprudencia de su especialidad, a instancia de los órganos de apoyo del Poder Judicial. Los jueces de las Salas Especializadas de la Corte Suprema pueden reunirse y aprobar, por mayoría absoluta, reglas interpretativas que serán de obligatorio cumplimiento e invocadas por los magistrados de todas las instancias judiciales. En caso de que los magistrados decidan apartarse de dicho criterio, están obligados a motivar su resolución, dejando constancia de las reglas interpretativas que desestiman y de los fundamentos que invocan.”

Por tanto, la otrora, artículo 112 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que disponía únicamente que: “Los integrantes de las Salas Especializadas pueden reunirse en plenos jurisdiccionales nacionales, regionales o distritales a fin de concordar jurisprudencia de su especialidad, a instancia de los órganos apoyo del Poder Judicial.”; queda modificado en el sentido antes señalado.

DESCARGA LA LEY AQUÍ


¿Quieres mantenerte actualizado con la jurisprudencia tener acceso preferente y gratuito a nuestra revista de la materia?

Únete a nuestros grupos de whatsapp o telegram:

Grupo Magazín Civil:

Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/F8F6cej3xNTEf4KTGNQhxi
Telegram: https://t.me/+XAXu6nOYg95iMzIx

Grupo Magazín Laboral:
Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/JWRksnp0EYoLwQZ3aQrYfE
Telegram: https://t.me/+O91zHqFEV8MxYjdh

Grupo Magazín Penal:
Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/K0qjx8lis4N8XBYDi4qJ73
Telegram: https://t.me/+4H4j4ZlWxVYwYWMx

Grupo Magazín Constitucional:

Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/IcznZ5TR6581ANsUz3qkvH

Destacados

Últimos artículos

Corte Suprema fija novísima doctrina jurisprudencial sobre el pago de horas extras | Casación 36773-2023 La Libertad

mayo 27, 2026
Diseño sin título (58)

Emiten nueva doctrina jurisprudencial sobre los supuestos de inaplicación del precedenteHuatuco | Casación Laboral N.º 11090-2023 La Libertad

mayo 20, 2026
MJ

Declaran el 27 de julio del 2026 día no laborable | Decreto Supremo N° 075-2026-PCM

mayo 16, 2026
eee

Debe pagarse la indemnización vacacional aun cuando el goce sea parcial | Casación Laboral N.º 9741-2023 Lim

abril 30, 2026
MJ

Artículos relacionados

000874489W (1)

¿Cuándo será la apertura del año judicial 2023?

diciembre 29, 2022
Leer más...
batalla_de_junixn1

Nuevo feriado nacional: Declaran el 06 de agosto, día de la batalla de Junín, como feriado no laborable | LEY Nº 31530

julio 26, 2022
Leer más...
SUNARP

SUNARP dispone el empleo de partes notariales firmados digitalmente respecto a mandatos y poderes, constitución de sociedades y EIRL y transferencias vehiculares a nivel nacional vía Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP (SID-SUNARP) ▎RESOLUCIÓN Nº 064-2020-SUNARP/SN

junio 3, 2020
Leer más...
AUTORIZAN VIAJE MAGAZIN

Autorizan viaje de procurador supranacional a Brasil para audiencia pública de Corte IDH

agosto 17, 2022
Leer más...