Corte Suprema desarrolla requisitos formales y de fondo del recurso de casación en el proceso contencioso laboral | CASACIÓN N.º 4845 – 2024 SULLANA

FUNDAMENTOS DESTACADOS:
Segundo: Las competencias de las Salas Superiores.
2.1. El presente recurso de casación se ha interpuesto durante la vigencia de la Ley N.° 31591, por lo que corresponde su evaluación atendiendo a las nuevas reglas procesales allí dispuestas y a lo señalado en la Segunda Disposición Complementaria y Final del Código Procesal Civil. En tal sentido, la referida ley dispone que corresponde realizar la primera calificación del recurso de casación a las Salas Superiores; en estricto, sus facultades están previstas en el numeral 391 del Código Procesal Civil1, disposición que prescribe que debe verificarse si se cumple: “i) con lo previsto en el artículo 386; ii) con los literales 2 a, 2 b y 2 c del actual artículo 391; iii) con justificar adicional y razonadamente el desarrollo de la doctrina jurisprudencial, en caso se invocara la procedencia excepcional del artículo 387; y iv) si se han invocado las causales señaladas en el artículo 388”.
