Congreso aprueba nuevas reglas para licencias, cese y compensación en el sector público

Con 52 votos a favor, 20 en contra y 10 abstenciones, el Pleno del Congreso aprobó en segunda votación el dictamen que recae en los proyectos de ley 5880/2023-CR y 6043/2023-CR. Estos proyectos buscan reformar el Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones en el Sector Público.

El dictamen aprobado introduce nuevas disposiciones sobre el otorgamiento de licencias sin goce de haber, el proceso de cese laboral y el cálculo de la compensación por tiempo de servicios (CTS), mediante la modificación de los artículos 24, 35 y 54 del mencionado decreto.

En su nueva redacción, el artículo 24 establece los derechos de los servidores públicos, especificando que las licencias sin goce de haber podrán extenderse hasta por tres años, de manera continua o discontinua, dentro de un período de cinco años.

El artículo 35 regula las causas justificadas para el cese definitivo de los servidores públicos, fijando un límite de edad de setenta años. Sin embargo, permite la permanencia del trabajador en su puesto hasta el 31 de diciembre del año en que cumpla dicha edad.

Finalmente, el artículo 54 estipula que, al momento del cese, el personal recibirá una compensación por tiempo de servicios equivalente al cien por ciento de su remuneración total o íntegra por cada año completo de servicio o por fracción superior a seis meses, contados desde su ingreso hasta la fecha de cese.

Destacados

Últimos artículos

¿Se desnaturaliza el contrato CAS si el prestador tiene más de 12 años trabajando en la entidad? | Casación Laboral N.º 2532-2023 Huánuco

abril 15, 2026
MJ

Disponen medidas laborales para la participación ciudadana en las Elecciones Generales del 12 de abril de 2026 | D.S 003-2006-TR

abril 10, 2026
Diseño sin título (47)

Suprema ordena indemnizar a causantes de trabajador que contrajo COVID-19 en el trabajo y falleció | Casación N° 46619-2022 Del Santa

abril 6, 2026
dfhgdfg

Línea delgada: Trabajadores de confianza del sector público no tienen derecho a la indemnización por despido arbitrario | Casación N.° 7699-2023 Lima

abril 2, 2026
MJ

Artículos relacionados

Copia de Texto del párrafo (30)

Requisitos que debe cumplir la transacción para superar el test de disponibilidad | Casación Laboral N.° 7960-2022 Lambayeque

abril 9, 2025
Leer más...
Copia de Texto del párrafo (86)

Es arbitrario el despido basado en un posible daño al empleador  | CASACIÓN N.° 36523-2022 LIMA

julio 7, 2025
Leer más...
Copia de Texto del párrafo - 2025-09-10T233844.944

Previo a sanciones menores al despido debe respetarse el derecho de defensa del trabajador | Casación N° 41216-2022 La Libertad

septiembre 10, 2025
Leer más...
Copia de Texto del párrafo (97)

¿Es válido el despido por retiro de confianza a una trabajadora embarazada? | EXP. N.° 03815-2023-PA/TC

agosto 12, 2025
Leer más...