Corte Suprema deduce gastos de supervivencia del lucro cesante derivado del despido | Casación Laboral N.° 05399-2020 Lambayeque

FUNDAMENTO DESTACADO:

Décimo segundo: En razón de ello, se cita el artículo 1321 del Código Civil que establece “Queda sujeto a la indemnización de daños y perjuicios quien no ejecuta sus obligaciones por dolo, culpa inexcusable o culpa leve. El resarcimiento por la inejecución de la obligación o por cumplimento parcial, tardío o defectuoso, comprende tanto el daño emergente como el lucro cesante, en cuanto sean consecuencia inmediata y directa de tal inejecución”; y conforme se ha desarrollado, las pretensiones indemnizatorias derivadas de un despido inconstitucional, incausado o fraudulento declarados judicialmente como tales; el daño patrimonial invocado a título de lucro cesante, debe ser entendido como todos los ingresos dejados de percibir como consecuencia directa e inmediata del despido y no como las remuneraciones dejadas de percibir; y siendo que la pretensión versa sobre el pago de indemnización por daños y perjuicios – lucro cesante, se enmarca dentro de la esfera de la responsabilidad civil, dado que el lucro cesante no puede asimilarse a las remuneraciones y demás beneficios no cancelados; por dicha razón y teniendo en cuenta que el periodo que duró el despido fue por nueve años y tomando como base referencial las remuneraciones durante el periodo que no fue repuesto, más los ingresos que hubiera podido percibir el demandante, y los gastos que conllevan a la supervivencia del demandante, tales como necesidades alimentarias, hospitalarias, entre otros, tanto suyas como de los familiares que están bajo su cargo; y teniéndose presente que dicho concepto de lucro cesante como ya se ha mencionado, no debe ser entendido como remuneraciones dejadas de percibir, como lo pretende hacer ver el demandante; por lo tanto, a criterio de esta Sala Suprema, dicho extremo, modificándose en cuanto al monto, debiendo fijarse la suma proporcional y equitativa de S/ 300,000.00 soles por indemnización por daños y perjuicios.

Destacados

Últimos artículos

Reglamentan protección contra el despido de trabajadores con diagnóstico de cáncer, su tratamiento y los efectos derivados | Decreto Supremo N° 008-2026-TR

junio 5, 2026
Copia de Texto del párrafo - 2025-08-14T222836.604

Corte Suprema fija novísima doctrina jurisprudencial sobre el pago de horas extras | Casación 36773-2023 La Libertad

mayo 27, 2026
Diseño sin título (58)

Emiten nueva doctrina jurisprudencial sobre los supuestos de inaplicación del precedenteHuatuco | Casación Laboral N.º 11090-2023 La Libertad

mayo 20, 2026
MJ

Declaran el 27 de julio del 2026 día no laborable | Decreto Supremo N° 075-2026-PCM

mayo 16, 2026
eee

Artículos relacionados

Texto del párrafo (34)

La diferencia de ciudades como factor clave para no homologar remuneraciones | Jurisprudencia Laboral

octubre 29, 2024
Leer más...
Texto del párrafo - 2024-12-21T091918.981

Poder Judicial desactivará correos electrónicos que reciben escritos y/o recursos dirigidos a la Corte Suprema

mayo 23, 2025
Leer más...
Copia de Texto del párrafo (29)

Publican Ley que autoriza nueva escala remunerativa para los servidores del Ministerio Público sujetos al régimen 728 | Ley 32263

marzo 20, 2025
Leer más...
Texto del párrafo (94)

Ley 32179: reincorpora a personal de Essalud cuyo contrato no fue renovado

diciembre 4, 2024
Leer más...