Congreso aprueba retiro del 100% de la CTS hasta el 31 de diciembre de 2026

El Pleno del Congreso de la República aprobó esta noche, con una mayoría rotunda (97 votos a favor, 6 en contra y 2 abstenciones), el dictamen que autoriza, de manera excepcional y hasta el 31 de diciembre de 2026, a los trabajadores a disponer libremente del 100% de los fondos acumulados por compensación por tiempo de servicios (CTS).

Esta medida, que se detalla en la única Disposición Complementaria Transitoria, afecta a aquellos trabajadores comprendidos en el Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios.

El dictamen también autoriza el retiro total de la CTS en cualquier momento, en casos de enfermedad terminal, diagnóstico de cáncer, o cuando sea necesario hacer frente a necesidades derivadas de la crisis económica.

La propuesta legal se fundamenta en los proyectos de ley 117/2021-CR, 8565/2024-CR, 9844/2024-CR, 9896/2024-CR, 9934/2024-CR, 9948/2024-CR, 9958/2024-CR, 10023/2024-CR, 10066/2024-CR, 10080/2024-CR, 10216/2024-CR, 10226/2024-CR, 10398/2024-CR y 10435/2024-CR, y fue exonerada de segunda votación.

La presidenta de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, Edhit Julón Irigoín (APP), resaltó que la aprobación de esta medida es especialmente pertinente por dos razones. En primer lugar, se busca permitir que los pacientes con cáncer u otras enfermedades terminales puedan acceder de manera indefinida a sus fondos, dado que enfrentan un aumento abrupto en el costo de vida. En segundo lugar, se trata de una medida transitoria para ayudar a fortalecer la economía, considerando que, al analizar el uso de los fondos de la CTS, la mayoría de los trabajadores que los han retirado lo hicieron para saldar deudas, y casi la mitad los invirtió en educación.

Destacados

Últimos artículos

Servidores con vínculo laboral encubierto no tendrán protección de la Ley 24041 según criterio vinculante de la Corte Suprema

agosto 19, 2026
Diseño sin título (57)

Gobierno aprueba nueva escala remunerativa de los trabajadores del Poder Judicial | Decreto Supremo N°162-2026-EF

agosto 19, 2026
MJ

La inasistencia del abogado a la audiencia no justifica la conclusión del proceso | Casación Laboral N.° 1176-2024, Arequipa

agosto 13, 2026
dggj

MEF confirma alza de la remuneración mínima en dos tramos 

agosto 7, 2026
sefsfs

Artículos relacionados

Copia de Texto del párrafo (64)

Corte Suprema reconoce aplicación del petitorio implícito en un caso de reposición por despido incausado | Casación N.º 15423-2023  La Libertad

noviembre 12, 2025
Leer más...
Texto del párrafo - 2024-12-27T072455.177

Ley 32353: Nuevo marco legal para el régimen laboral de la Micro y Pequeña Empresa

mayo 27, 2025
Leer más...
Texto del párrafo - 2024-12-18T072135.030

Aprueban nuevo padrón con los beneficiarios que recibirán pagos de FONAVI a partir del 20 de diciembre del 2024 | Resolución Administrativa 004-2024/CAH-LEY Nº 29625

diciembre 18, 2024
Leer más...
Texto del párrafo - 2024-12-21T081324.395

Aprueban el nuevo Monto Único Consolidado (MUC) de los servidores del régimen 276 | Decreto Supremo N° 282-2024-EF

diciembre 21, 2024
Leer más...