Congreso aprueba nuevas causales de destitución de maestros, auxiliares y personal administrativo de colegios

El Pleno del Congreso de la República del Perú ha dado un paso significativo hacia la mejora de la calidad educativa al aprobar, en primera votación, el dictamen del Proyecto de Ley 5588/2022-CR. Esta normativa fue respaldada con 43 votos a favor, 10 en contra y 17 abstenciones, y busca modificar la Ley N° 29944, conocida como la Ley de Reforma Magisterial. El objetivo central de esta modificación es asegurar la destitución automática de cualquier director, profesor, auxiliar o personal administrativo de centros educativos, tanto públicos como privados, que enfrente una condena privativa de libertad, ya sea efectiva o suspendida. Además, se busca establecer un impedimento permanente para su ingreso a la Carrera Pública Magisterial.

¿De qué trata la modificación?

La reforma se centra en la modificación del artículo 49 de la Ley 29944, introduciendo una clara causal de destitución que se refiere a la transgresión, ya sea por acción u omisión, de los principios, deberes, obligaciones y prohibiciones inherentes a la función docente. Esta infracción se considera de alta gravedad y justifica la destitución del personal educativo involucrado.

El nuevo texto establece que “procede la destitución de oficio, a través de un proceso administrativo, que impide el ingreso automático a la Carrera Pública Magisterial del director, profesor, auxiliar o personal administrativo que haya incurrido en las infracciones contempladas en los literales b) y c) del párrafo 49.2”. Esto implica que aquellos que hayan cometido ciertas infracciones no solo serán separados de su cargo, sino que también quedarán inhabilitados de manera permanente para desempeñar funciones en instituciones educativas de educación básica y técnica-productiva, ya sean públicas o privadas, así como en otras instancias de gestión educativa descentralizada.

Entre las infracciones consideradas muy graves se incluyen:

  • La falta de presentación a la evaluación de desempeño sin una causa justificada.
  • La condena por delitos dolosos, específicamente aquellos que atentan contra la libertad sexual, así como delitos de apología del terrorismo, terrorismo y sus formas agravadas, y tráfico ilícito de drogas.
  • La incitación a la violencia o el daño grave a los derechos fundamentales de los estudiantes y otros miembros de la comunidad educativa.
  • La obstrucción del normal funcionamiento de los servicios públicos educativos.

Con esta medida, el Congreso busca no solo fortalecer la integridad del sistema educativo, sino también proteger los derechos de los estudiantes, garantizando un entorno de aprendizaje seguro y propicio para su desarrollo. La aprobación de este proyecto es un avance hacia la responsabilidad y la ética dentro del ámbito educativo, promoviendo una cultura de rendición de cuentas entre los profesionales de la enseñanza.

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