¿Basta que la entidad indique al solicitante que la información requerida se encuentra en su portal web o resulta necesario expedir el informe solicitado? ░ EXP N.° 00729-2018-PHD/TC LA LIBERTAD
FUNDAMENTO DESTACADO:
En el presente caso, contrariamente a lo alegado por Sedalib SA, este Tribunal advierte que la información requerida sí existe, toda vez que se encuentra publicada // en el portal institucional de Sedalib (cfr. , consulta realizada el 15 de agosto de 2018), por lo que la entidad emplazada cuenta con la información solicitada por el actor. Sin perjuicio de lo expuesto, es menester agregar que, conforme lo dispone el artículo 8 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo 072-2003-PCM, si bien la Administración Pública puede comunicar por escrito al interesado del enlace o lugar dentro del portal transparencia de que contiene lo solicitado, esto no enerva el derecho del administrado de requerir copias.
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