ATU dispone el funcionamiento del 100% de la flota de taxis de Lima y Callao ▎ RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 79-2020-ATU/PE

 SE RESUELVE:

Artículo 1.- DISPONER que, en la provincia de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao, la prestación del servicio público de transporte especial de personas, en la modalidad de taxi, se realice con el cien por ciento (100%) de la flota autorizada, para lo cual los conductores y titulares de las respectivas autorizaciones y habilitaciones, deben cumplir con lo establecido en los lineamientos, protocolos y normas sanitarias aprobados por el Ministerio de Salud y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

Artículo 2.- ENCARGAR a la Dirección de Operaciones para que, en el marco de la emergencia sanitaria, implemente una aplicación informática para la actualización y gestión del registro de conductores y vehículos habilitados de los servicios de transporte especial de personas, en la modalidad de taxi, bajo la competencia de la ATU.

Artículo 3.- ESTABLECER que lo dispuesto en la presente resolución estará en permanente evaluación, de modo que en función de la demanda del servicio y de los criterios de salud pública, se emitan nuevas disposiciones.

Artículo 4.- PUBLICAR la presente resolución en el diario oficial “El Peruano” y en el portal web Institucional de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (www.atu.gob.pe)

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ACCEDE A LA RESOLUCIÓN DANDO CLIC AQUÍ

Síguenos en facebook como Magazín Jurisprudencial y entérate de la más reciente y relevante jurisprudencia

Destacados

Últimos artículos

Debe pagarse la indemnización vacacional aun cuando el goce sea parcial | Casación Laboral N.º 9741-2023 Lim

abril 30, 2026
MJ

Despido por injuria en redes sociales: posturas contrapuestas de la Corte Suprema peruana

abril 30, 2026
erer

Empleador debe pagar la indemnización vacacional si el trabajador goza de forma extemporánea de sus vacaciones | Casación Laboral N.º 13741-2015 Lima

abril 29, 2026
sefsfs

¿El empleador puede acceder a la computadora asignada al trabajador o viola su privacidad? | Casación Laboral N.° 09645-2018, Lima Este

abril 28, 2026
sdgsdgsdf

Artículos relacionados

BeFunky-collage (28)

Fiscalía abre investigación para hallar a culpables de heridos de bala en protestas

noviembre 13, 2020
Leer más...
standard_000756538W

Resulta válido cuantificar el lucro cesante en mérito a la valoración equitativa | CASACIÓN LABORAL Nº 16777-2017 JUNÍN

noviembre 9, 2022
Leer más...
afp

Publican el procedimiento operativo para el retiro del 25% de la AFP ▎RESOLUCIÓN SBS Nº 1352-2020

mayo 11, 2020
Leer más...
XYHEJ3SPIZHQVATHVD7VCSTMWE (1)

Publican Ley de prevención y mitigación del conflicto de intereses en el acceso y salida de personal del servicio público | LEY 31564

agosto 17, 2022
Leer más...