Aprueban licencia por muerte prenatal para trabajadoras

Con 15 votos a favor, ninguno en contra y 2 abstenciones, la Comisión de Trabajo del Congreso, bajo la presidencia de la congresista Edhit Julón (APP), dio luz verde a un dictamen que modifica diversos artículos de la Ley 31572, Ley del Teletrabajo, con el propósito de fortalecer los beneficios vinculados a la licencia por lactancia.

La propuesta, que aún requiere la aprobación del Pleno, establece que los trabajadores del sector público y privado podrán acceder a un período de teletrabajo de 20 días inmediatamente después de culminar su licencia por maternidad o paternidad, de acuerdo con las disposiciones del reglamento de la ley.

Asimismo, se incorpora la opción de solicitar teletrabajo en casos donde el hijo o hija de la madre lactante presente riesgo de anemia, beneficio que podrá ejercerse hasta que el menor cumpla su primer año de vida.

El dictamen también reconoce el derecho de las trabajadoras del sector público y privado a una licencia de 10 días hábiles en caso de pérdida prenatal ocurrida después de las 22 semanas de gestación y antes del parto. Para acceder a este beneficio, será necesario presentar el certificado de defunción fetal o, en su defecto, un certificado de salud de la trabajadora. Esta licencia contará con las mismas condiciones y beneficios que la licencia por maternidad.

El documento aprobado integra iniciativas legislativas impulsadas por los congresistas Segundo Quiroz Barbosa (Bloque Magisterial), Magaly Ruiz Rodríguez (APP), Carlos Zeballos (No Agrupado), Jessica Córdova Lobatón (RP), Katy Ugarte Mamani (Bloque Magisterial) y Sigrid Bazán Narro (Bloque Democrático).

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