Fijan valor de la Unidad de Referencia Procesal (URP) para el año 2025 | Resolución Administrativa N° 000004-2025-CE-PJ

Mediante la Resolución Administrativa N° 000004-2025-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha establecido, conforme a lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Única del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que para la fijación de cuantías, tasas, aranceles judiciales y multas previstas en la legislación aplicable, así como en las leyes procesales especiales, se debe utilizar la Unidad de Referencia Procesal (URP). Esta unidad tiene como base el monto anual determinado por el órgano de gobierno y gestión del Poder Judicial, el cual debe fijarse al inicio de cada año judicial.

De acuerdo con lo establecido, el valor de la Unidad de Referencia Procesal (URP) ha sido determinado anualmente en un 10 % de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT). En virtud de ello, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha dispuesto, en su resolución, que el valor de la URP para el año 2025 será de quinientos treinta y cinco y 00/100 Soles (S/ 535.00), monto equivalente al 10 % de la UIT aprobada por el Decreto Supremo N° 260-2024-EF.

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