Vacaciones judiciales corte de Justicia Penal Especializada: fijan juzgados y salas de emergencia que funcionarán en febrero del 2023 | RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 000015-2023-P-CSNJPE-PJ

Lima, 11 de Enero del 2023.

RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 000015-2023-P-CSNJPE-PJ 

ANTECEDENTES:

I: El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N.° 000416-2022-CE-PJ de fecha 08 de diciembre de 2022, dispuso la forma en que se harán efectivas las vacaciones en el año judicial 2023 en el Poder Judicial.

II. Mediante Oficio N.° 000044-2023-ADM-CSNJPE-PJ de fecha 10 de enero de 2023, la administradora de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada –en adelante CSN–, remite los récords de vacaciones de los magistrados que integran esta CSN.

FUNDAMENTOS:

  1. Sobre las vacaciones en el Año Judicial 2023: el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial a través de la Resolución Administrativa N.° 000416-2022-CE-PJ, establece en su artículo segundo que “La Presidencia de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada programará el rol de vacaciones de jueces, juezas y personal auxiliar teniendo en cuenta los plazos procesales de los expedientes a su cargo y la necesidad del servicio; dando cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial sobre las acciones emitidas al respecto”.
  2. En este orden de ideas, estando a las atribuciones y facultades delegadas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y en mérito a que esta CSN tiene a su cargo los casos más emblemáticos en materia de crimen organizado a nivel nacional y dada la especial complejidad de los mismos, corresponde a este despacho disponer las medidas pertinentes para el goce de las vacaciones de los jueces, personal jurisdiccional y administrativo de la CSN en el año judicial 2023.
  3. La Presidencia es el órgano de dirección de la CSN y representa al Poder Judicial en el territorio nacional, conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 10 del Estatuto aprobado por Resolución Administrativa N.° 318-2018-CE-PJ, con observancia del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de conformidad con las consideraciones invocadas;

SE RESUELVE:

Primero. DISPONER que las vacaciones de los jueces, personal jurisdiccional y administrativo en el Año Judicial 2023 en la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, se desarrollarán de la siguiente manera: a) podrán programar vacaciones siempre que, a la fecha de emisión de la presente, cuenten con al menos treinta días pendientes de goce vacacional; b) la CSN como jurisdicción especializada competente para conocer casos complejos de crimen organizado, optará por la disposición del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de hacer efectivas las vacaciones en un periodo Mensual.

DESCARGA LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA AQUÍ
DESCARGA LA MODIFICATORIA AQUÍ (RESOLUCION ADMINISTRATIVA N ° 000041-2023-P-CSNJPE-PJ)

¿Quieres mantenerte actualizado con la jurisprudencia tener acceso preferente y gratuito a nuestra revista de la materia?

Únete a nuestros grupos de whatsapp o telegram:

Grupo Magazín Civil:

Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/F8F6cej3xNTEf4KTGNQhxi
Telegram: https://t.me/+XAXu6nOYg95iMzIx

Grupo Magazín Laboral:
Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/JWRksnp0EYoLwQZ3aQrYfE
Telegram: https://t.me/+O91zHqFEV8MxYjdh

Grupo Magazín Penal:
Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/K0qjx8lis4N8XBYDi4qJ73
Telegram: https://t.me/+4H4j4ZlWxVYwYWMx

Grupo Magazín Constitucional:

Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/IcznZ5TR6581ANsUz3qkvH

Destacados

Últimos artículos

Nueva sentencia con motivación en serie excluye a locadores con vínculo vigente de la protección de la Ley N.° 24041 | Motivación en Serie N° 07-2026-3SDCST

septiembre 23, 2026
imagaa

Corte Suprema fija reglas vinculantes sobre la competencia del juez laboral en casos de responsabilidad civil | Casación N° 25213-2024

septiembre 19, 2026
palacio

Servidores con vínculo laboral encubierto no tendrán protección de la Ley 24041 según criterio vinculante de la Corte Suprema

agosto 19, 2026
Diseño sin título (57)

Gobierno aprueba nueva escala remunerativa de los trabajadores del Poder Judicial | Decreto Supremo N°162-2026-EF

agosto 19, 2026
MJ

Artículos relacionados

BeFunky-collage (28)

No resulta suficiente comunicar al empleador las inasistencias, sino que además, esta debe estar autorizada por el empleador ▎ CAS 12034-2014

septiembre 18, 2020
Leer más...
Texto del párrafo (97)

Primacía de la realidad: incumplimiento de las formalidades no descarta la naturaleza del trabajador de confianza | CAS 14221-2022 SELVA CENTRAL

diciembre 10, 2024
Leer más...
XW57Z3YOXRCZBIFUXYHO6DGJPI (1)

La determinación del real empleador se presenta por cuanto Backus y San Ignacio - empleador formal del actor - eran en el terreno de los hechos una única empresa | CASACIÓN LABORAL Nº 21664-2017 LIMA

septiembre 26, 2022
Leer más...
ha (2)

Designan representantes titular y alterno del presidente del consejo de ministros ante el consejo nacional de derechos humanos del ministerio de justicia y derechos humano ▎Resolucion ministerial N° 250-2020-PCM

septiembre 6, 2020
Leer más...