9 de octubre será día laborable y el 31 de diciembre del 2020 no laborable para los trabajadores del sector público ▎DECRETO SUPREMO N° 161-2020-PCM

DECRETA:

Artículo 1.- Modificación del artículo 1 del Decreto Supremo N° 197-2019-PCM

Modifícase el artículo 1 del Decreto Supremo N° 197-2019-PCM, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 1.- Día no laborable en el sector público 1.1 Declárase el jueves 31 de diciembre de 2020 como día no laborable para los trabajadores del sector público, a nivel nacional. 1.2. Para fines tributarios, dicho día será considerado hábil.”

Articulo 2.- Vigencia de los feriados del año 2020

Los días feriados nacionales, así como, el día no laborable para los trabajadores del sector público, a nivel nacional, que restan del presente año, se mantienen vigentes.

Artículo 3.- Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, al primer día del mes de octubre del año dos mil veinte.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO

Presidente de la República

WALTER MARTOS RUIZ

 Presidente del Consejo de Ministros

JAVIER EDUARDO PALACIOS GALLEGOS

Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

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