Vacaciones judiciales 2025: estos son los Juzgados Laborales de emergencia en la Corte de Lima

La Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, mediante Resolución Administrativa N° 000067-2025-P-CSJLI-PJ, de fecha 27 de enero de 2025, ha dispuesto el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales de emergencia de la Corte Superior de Justicia de Lima durante el periodo comprendido entre el 1 de febrero y el 2 de marzo de 2025. En cuanto a los juzgados laborales, la resolución establece claramente los jueces responsables de los juzgados laborales de emergencia, así como los órganos jurisdiccionales que estarán a su cargo, en adición de funciones.

Como se recordará, los órganos jurisdiccionales de emergencia, durante el mes de febrero de 2025, continuarán con el trámite habitual de los expedientes a su cargo y atenderán cuestiones relativas a consignaciones judiciales de los órganos jurisdiccionales asignados en adición de funciones. Esta medida fue previamente establecida por la Resolución Administrativa N° 000390-2024-CE-PJ. Para obtener más detalles sobre esta disposición, puede consultar el artículo completo en: https://magazinjurisprudencial.com/vacaciones-judiciales-juzgados-laborales-de-emergencia-seguiran-conociendo-y-tramitando-los-procesos-a-su-cargo/

En tal sentido, en la resolución administrativa adjuntada al presente artículo pueden consultar qué juzgados laborales de emergencia atenderán en el mes de febrero del 2025 (vacaciones judiciales).

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