Tribunal precisa sobre derecho al olvido

El ejercicio del derecho al olvido se encuentra sujeto a restricciones o limitaciones derivadas de la necesidad de armonizar su contenido con otros derechos o bienes constitucionales, pese a su ejercicio de derecho fundamental.

Así lo determinó el Tribunal Constitucional (TC) al publicar la STC Nº 03041-2021-PHD/TC, en que precisa alcances sobre el derecho al olvido y crea jurisprudencia a favor de la libertad de prensa.

El colegiado señala que la información difundida por los medios se basa en datos objetivos y contrastables, efectuadas por las investigaciones de las instituciones y autoridades competentes.“Toda investigación contra una persona, en cualquier nivel, sobre presuntos vínculos con narcotráfico y el terrorismo goza de la más alta relevancia e interés público, y constituye, a todas luces, un hecho noticioso que debe ser objeto de escrutinio a través del derecho fundamental a la libertad de información”, dijo.

Expediente

El TC declaró infundado una demanda de habeas data interpuesta por un investigado por narcotráfico contra varios medios de comunicación y Google.

Esto por difundir información sobre las indagaciones seguidas en su contra, invocando el derecho al olvido.

Fuente: El Peruano

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