Tribunal Constitucional sobre la interpretación del artículo 177 de la Constitución declara que no tiene competencia para absolver consultas o disputas interpretativas | Exp. 0003-2022-PCC/TC
En la demanda de conflicto competencial interpuesta por el Congreso de la República contra el Poder Judicial, el Congreso solicitó al Tribunal Constitucional interprete el controvertido artículo 117 de la Constitución.
Al respecto, entre otros argumentos que obran en el auto de calificación de demanda, el Tribunal Constitucional señala que no es un órgano que intervenga en el proceso político que resuelva las disputas coyunturales entre los órganos del Estado, incluso cuando tales controversias pudieran girar en torno a la interpretación de disposiciones constitucionales.
Y agrega que sus competencias conforme al Nuevo Código Procesal Constitucional no incluyen la posibilidad de absolver consultas o dirimir disputas interpretativas que en el nivel teórico o político pudieras mantener los poderes del Estado.
Finaliza admitiendo la demanda competencial contra el Poder Judicial y declarando improcedente la consulta interpretativa solicitada.DESCARGA LA RESOLUCIÓN AQUÍ¿Quieres mantenerte actualizado con la jurisprudencia tener acceso preferente y gratuito a nuestra revista de la materia?Únete a nuestros grupos de whatsapp o telegram:Grupo Magazín Civil:Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/F8F6cej3xNTEf4KTGNQhxi Telegram: https://t.me/+XAXu6nOYg95iMzIxGrupo Magazín Laboral: Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/JWRksnp0EYoLwQZ3aQrYfE Telegram: https://t.me/+O91zHqFEV8MxYjdhGrupo Magazín Penal: Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/K0qjx8lis4N8XBYDi4qJ73 Telegram: https://t.me/+4H4j4ZlWxVYwYWMxGrupo Magazín Constitucional:Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/IcznZ5TR6581ANsUz3qkvH