¿Qué régimen laboral les corresponde a los obreros de los gobiernos regionales? | Casación N° 52645-2022 Callao

FUNDAMENTO DESTACADO:

33.5.1. El régimen laboral de los servidores públicos, tanto obreros como empleados, que laboran para los Gobiernos Regionales desde el diecinueve de noviembre de dos mil dos hasta el veintidós de diciembre de dos mil dieciocho es el régimen público bajo los alcances del Decreto Legislativo N° 276, mientras que, desde el veintitrés de diciembre de dos mil dieciocho en adelante, se realiza una distinción para los obreros, pues con la entrada en vigencia de la Ley N° 30889, el régimen laboral de los obreros que laboran para los gobiernos regionales es el régimen del Decreto Legislativo N° 728. Por lo que a la fecha coexisten dos regímenes, el público para los empleados y el privado para los obreros, por lo que, es fundamental realizar un análisis de las funciones del trabajador a efectos de determinar si estamos frente a un obrero o a un empleado, lo cual es trascendental para una correcta solución del caso, en tanto, dependiendo de la naturaleza de sus funciones se definirá que régimen laboral le corresponde.

El éxito en un caso no es casualidad: está en el dominio de la jurisprudencia. Descúbrelo con Magazín Jurisprudencial.»

¿Quieres estar al día con la jurisprudencia laboral más relevante? Únete a nuestro grupo de WhatsApp aquí: https://chat.whatsapp.com/CiSClG09qpK7MalJZ07dKE

Prepárate, porque muy pronto volverás a leer la revista que trae lo más reciente y relevante de la jurisprudencia laboral…

Destacados

Últimos artículos

Servidores con vínculo laboral encubierto no tendrán protección de la Ley 24041 según criterio vinculante de la Corte Suprema

agosto 19, 2026
Diseño sin título (57)

Gobierno aprueba nueva escala remunerativa de los trabajadores del Poder Judicial | Decreto Supremo N°162-2026-EF

agosto 19, 2026
MJ

La inasistencia del abogado a la audiencia no justifica la conclusión del proceso | Casación Laboral N.° 1176-2024, Arequipa

agosto 13, 2026
dggj

MEF confirma alza de la remuneración mínima en dos tramos 

agosto 7, 2026
sefsfs

Artículos relacionados

Texto del párrafo - 2024-12-13T071335.325

Empresa principal que otorgue materiales y mantenga subordinación genera la desnaturaliza de la tercerización laboral | CASACIÓN 8229-2022 JUNIN

enero 7, 2025
Leer más...
Texto del párrafo (16)

¿Es válido aplicar el principio de inmediatez a infracciones administrativas cometidas por un trabajador del Estado? | Jurisprudencia Laboral

octubre 9, 2024
Leer más...
Texto del párrafo - 2024-12-28T085405.328

Publican norma que autoriza el incremento de la remuneración mínima vital en S/1130 soles | Decreto Supremo N° 006-2024-TR

diciembre 28, 2024
Leer más...
Copia de Texto del párrafo (30)

Requisitos que debe cumplir la transacción para superar el test de disponibilidad | Casación Laboral N.° 7960-2022 Lambayeque

abril 9, 2025
Leer más...