¿Qué derechos tienen los trabajadores y trabajadoras víctimas de violencia familiar?

La violencia familiar es un problema que trasciende las puertas del hogar, afectando a las víctimas en todos los aspectos de su vida, incluido el ámbito laboral. Para abordar esta grave situación, muchos países han implementado marcos legales que protegen a los trabajadores y trabajadoras que sufren violencia, garantizando sus derechos y promoviendo su bienestar. En el Perú el artículo 11 de la Ley 30364 prevé un grupo de derechos para este sector de trabajadores o trabajadoras víctimas de violencia familiar:

1. Protección Contra el Despido

Uno de los derechos más importantes para las víctimas de violencia es la protección ante despidos. La ley establece que ningún trabajador o trabajadora puede ser despedido por causas relacionadas con actos de violencia familiar. Esta medida es esencial para asegurar la estabilidad laboral y evitar que la víctima se enfrente a la presión adicional de buscar un nuevo empleo en un momento ya crítico de su vida.

2. Cambio de Puesto y Horario

Las circunstancias que rodean a las víctimas de violencia familiar pueden requerir cambios en su entorno laboral. La ley permite a estas personas solicitar un cambio de lugar de trabajo o de horario, sin que esto implique una disminución en sus derechos remunerativos o de categoría. Esta flexibilidad puede ser crucial para garantizar su seguridad y bienestar emocional.

3. Justificación de inasistencias

Es común que las víctimas de violencia se enfrenten a situaciones que les impidan asistir al trabajo. Para abordar esta problemática, la ley permite justificar inasistencias y tardanzas derivadas de actos de violencia, con un límite de cinco días laborables en un período de 30 días y hasta 15 días laborables en 180 días. Para ello, se consideran válidos documentos justificatorios, como denuncias ante la policía o el Ministerio Público, lo que facilita que la víctima no pierda su empleo por ausencias justificadas.

4. Suspensión de la relación laboral

En casos de alta gravedad, la ley también contempla la posibilidad de suspender la relación laboral. Un juez, a solicitud de la víctima, puede otorgar hasta cinco meses de suspensión sin goce de remuneraciones. Esta medida permite a la víctima centrarse en su recuperación sin la presión de mantener su empleo durante un período crítico. Al finalizar la suspensión, el trabajador o trabajadora tiene derecho a reincorporarse en las mismas condiciones existentes antes de la suspensión.

La protección a los trabajadores y trabajadoras víctimas de violencia familiar es un paso fundamental hacia la creación de un entorno laboral que guarde consonancia con la vida personal del trabajador. Al garantizar derechos como la protección contra despidos, la posibilidad de cambios en el entorno laboral, la justificación de inasistencias y la suspensión de la relación laboral, se brinda a las víctimas el apoyo necesario para superar situaciones difíciles.

Es esencial que tanto empleadores como empleados conozcan y respeten estos derechos, creando así un ambiente de trabajo que no solo sea productivo, sino también empático y solidario

Destacados

Últimos artículos

¿Se desnaturaliza el contrato CAS si el prestador tiene más de 12 años trabajando en la entidad? | Casación Laboral N.º 2532-2023 Huánuco

abril 15, 2026
MJ

Disponen medidas laborales para la participación ciudadana en las Elecciones Generales del 12 de abril de 2026 | D.S 003-2006-TR

abril 10, 2026
Diseño sin título (47)

Suprema ordena indemnizar a causantes de trabajador que contrajo COVID-19 en el trabajo y falleció | Casación N° 46619-2022 Del Santa

abril 6, 2026
dfhgdfg

Línea delgada: Trabajadores de confianza del sector público no tienen derecho a la indemnización por despido arbitrario | Casación N.° 7699-2023 Lima

abril 2, 2026
MJ

Artículos relacionados

Magazín Jurisprudencial Penal, edición N° 2

septiembre 9, 2020
Leer más...
BeFunky-collage (93)

Lee la resolución que dispone declarar fundado el recurso de apelación de la fiscalía y dispone continuar con el proceso de encubrimiento real contra Pedro Chavarry ▎EXPEDIENTE N.° 4615-2019-1

julio 6, 2020
Leer más...
COLUSIÓN-1014x487

No se vulnera el principio de retroactividad benigna en materia penal si el fundamento jurídico aplicado resulta ser más favorable para el sentenciado ░ EXP N ° 01792-2016-PHC/TC

noviembre 10, 2019
Leer más...
XFIRUAOHWZDY3LHG5ZTIYSWQEA (1)

Publican ordenanza municipal que aprueba el descuento hasta del 80% de papeletas de tránsito en el Callao | Ordenanza Municipal Nº 003-2023/MPC

febrero 2, 2023
Leer más...