Publican Ley que permite el retiro del 25% de la AFP ▎LEY Nº 31017

Aspecto a destacar:

Los afiliados al Sistema Privado de Pensiones, de forma voluntaria y extraordinaria, pueden retirar hasta el 25% (veinticinco por ciento) del total de sus fondos acumulados en su cuenta individual de capitalización, estableciéndose como monto máximo de retiro el equivalente a 3 UIT  y como monto mínimo de retiro el equivalente a 1 UIT.

50% será entregado en un plazo máximo de 10 días calendario después de presentada la solicitud y el otro 50% a los 30 días calendario computados a partir del primer desembolso.

En el caso de que el afiliado tenga un fondo acumulado total en su cuenta individual de capitalización igual o menor a 1 UIT, el retiro será del 100% y en un solo desembolso, en un plazo máximo de 10 días calendario después de presentada la solicitud.

La SBS determinará el procedimiento operativo en un plazo que no excederá de 15 (quince) días calendario de publicada la ley, bajo responsabilidad de su titular.

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