Publican Ley que establece el plazo de 15 días para resolver el recurso de reconsideración | LEY Nº 31603

Artículo único.- Modificación del artículo 207 de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo GeneralSe modifica el artículo 207 de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en los términos siguientes:“Artículo 207. Recursos administrativos 207.1 Los recursos administrativos son: a) Recurso de reconsideración b) Recurso de apelación Solo en caso de que por ley o decreto legislativo se establezca expresamente, cabe la interposición del recurso administrativo de revisión. 207.2 El término para la interposición de los recursos es de quince (15) días perentorios, y deberán resolverse en el plazo de treinta (30) días, con excepción del recurso de reconsideración que se resuelve en el plazo de quince (15) días”.DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL ÚNICA.- Adecuación del Texto Único Ordenado y del Reglamento de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General El Poder Ejecutivo adecúa el Texto Único Ordenado y el Reglamento de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, conforme a las modificaciones efectuadas en la presente ley, en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles.Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.En Lima, a los dieciocho días del mes de octubre de dos mil veintidós.JOSÉ DANIEL WILLIAMS ZAPATAPresidente del Congreso de la RepúblicaMARTHA LUPE MOYANO DELGADOPrimera Vicepresidenta del Congreso de la RepúblicaAL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAPOR TANTO: Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil veintidós.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONESPresidente de la RepúblicaANÍBAL TORRES VÁSQUEZPresidente del Consejo de MinistrosDESCARGA LA LEY AQUÍ
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