Prorrogan Emergencia Sanitaria declarada a partir del 29 de agosto 2022 por 180 días más | Decreto Supremo 015-2022-SA

DECRETA:

Artículo 1.- Prórroga de la declaratoria de emergencia sanitaria

Prorróguese a partir del 29 de agosto de 2022, por un plazo de ciento ochenta (180) días calendario, la emergencia sanitaria declarada por Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, prorrogada por los Decretos Supremos Nº 020-2020-SA, Nº 027-2020-SA, Nº 031-2020-SA, Nº 009-2021-SA, Nº 025-2021-SA y Nº 003-2022-SA, por las razones expuestas en la parte considerativa del presente Decreto Supremo.

Artículo 2.- Entidades Intervinientes y Plan de Acción

Corresponde al Ministerio de Salud, al Instituto Nacional de Salud y al Seguro Social de Salud – EsSalud, realizar las acciones inmediatas desarrolladas en el “Plan de Acción-Vigilancia, contención y atención de casos del nuevo COVID-19 en el Perú” que como Anexo I forma parte integrante del Decreto Supremo Nº 010-2020-SA, modificado por los Decretos Supremos Nº 011-2020-SA y Nº 029-2020-SA.

Artículo 3.- Relación de bienes y servicios

3.1 Durante la prórroga declarada en el artículo 1 del presente Decreto Supremo se continuará con la contratación de los bienes y servicios detallados en las listas de “Bienes o servicios requeridos para las actividades de la emergencia sanitaria COVID-19”, contenidas en el Anexo II del Decreto Supremo Nº 010- 2020-SA, modificado por los Decretos Supremos Nº 011- 2020-SA y Nº 029-2020-SA.

3.2 Las contrataciones y adquisiciones que se continúen realizando al amparo del presente Decreto Supremo y de los Decretos Supremos Nº 008-2020-SA, Nº 010-2020-SA, Nº 011-2020-SA, Nº 020-2020-SA, Nº 027-2020-SA, Nº 029-2020-SA, Nº 031-2020-SA, Nº 009-2021-SA, Nº 025-2021-SA y Nº 003-2022-SA, deben destinarse exclusivamente para los fines que establecen dichas normas, bajo responsabilidad.

Artículo 4.- Informe final

Concluida la prórroga declarada por el artículo 1 del presente Decreto Supremo, las autoridades responsables de la ejecución del Plan de Acción deben informar respecto de las actividades y recursos ejecutados, así como sobre los resultados alcanzados, en el marco de lo dispuesto en los artículos 24 y

siguientes del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1156, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2014-SA, modificado por los Decretos Supremos Nº 015-2015-SA, Nº 022-2020-SA y Nº 008-2021-SA.

Artículo 5.- Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Salud y el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de agosto del año dos mil veintidós.

JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES

Presidente de la República

JORGE ANTONIO LÓPEZ PEÑA

Ministro de Salud

ALEJANDRO ANTONIO SALAS ZEGARRA

Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

DESCARGA EL DECRETO SUPREMO AQUÍ


¿Quieres mantenerte actualizado con la jurisprudencia tener acceso preferente y gratuito a nuestra revista de la materia?

Únete a nuestros grupos de whatsapp o telegram:

Grupo Magazín Civil:

Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/F8F6cej3xNTEf4KTGNQhxi
Telegram: https://t.me/+XAXu6nOYg95iMzIx

Grupo Magazín Laboral:
Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/JWRksnp0EYoLwQZ3aQrYfE
Telegram: https://t.me/+O91zHqFEV8MxYjdh

Grupo Magazín Penal:
Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/K0qjx8lis4N8XBYDi4qJ73
Telegram: https://t.me/+4H4j4ZlWxVYwYWMx

Grupo Magazín Constitucional:

Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/IcznZ5TR6581ANsUz3qkvH
Telegram: https://t.me/+8KzKdNG7KDk4NmEx

Destacados

Últimos artículos

Aprueban actualización de la escala remunerativa de los trabajadores del Ministerio Público

marzo 14, 2025
Texto del párrafo - 2025-01-30T230228.014

El principio razonabilidad y proporcionalidad en la sanción disciplinaria | RESOLUCIÓN Nº 000833-2025-SERVIR

marzo 14, 2025
Texto del párrafo - 2025-02-06T085615.743

¿Procede el reingreso de los servidores a la carrera administrativa? | RESOLUCIÓN Nº 000832-2025-SERVIR

marzo 14, 2025
Texto del párrafo - 2025-02-06T090752.922

Será Ley: Ministerio de Economía efectuará detracciones para los aportes a EsSalud, la ONP y las AFP

marzo 13, 2025
Texto del párrafo (98)

Artículos relacionados

Prisoner in old jail cell with cell bars.

Denuncia por cólera, versiones incongruentes e indubio pro reo ░ RECURSO DE NULIDAD N.° 1308-2017 LIMA SUR

noviembre 12, 2019
Leer más...
libro de reclamaciones final

Reducen plazo de respuesta a los reclamos que presenten los consumidores contra las empresas a 15 días hábiles improrrogables

marzo 22, 2022
Leer más...
BeFunky-collage - 2020-09-30T093520.567

¿Cuál es el criterio para que un caso sea conocido por el tribunal unipersonal en materia laboral? ▎CAS 9507-2013-LIMA

septiembre 30, 2020
Leer más...
MUNICIPALIDAD-D-EMAJES (1)

¿Es válido el acto jurídico por el cual la Municipalidad vendió inmuebles a sus trabajadores? | CASACIÓN N.° 3209 – 2018 AREQUIPA

octubre 10, 2022
Leer más...
Abrir chat
1
Bienvenido al servicio de mensajería de la revista de jurisprudencia laboral, ¿en qué te podemos ayudar?
Mantente actualizado en nuestro grupo de whatsApp con todas las novedades del derecho del trabajo
Únete a nuestro grupo de whatsApp